Sentencia nº 00801 de Tribunal de Familia, de 6 de Junio de 2006

PonenteDiego Benavides Santos
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2006
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia05-000587-0292-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso abreviado de divorcio

VOTO N° 801-06

TRIBUNAL DE FAMILIA.- S.J., a las quince horas diez minutos del seis de junio del dos mil seis.

PROCESO ABREVIADO DE DIVORCIO, establecido por A.A.S., mayor, casada una vez, pensionada, cédula número dos-uno ocho cinco-cinco seis siete, contra A.H.C., mayor, separadode hecho, agricultor, cédula número dos-dos cero nueve-seis siete cero. RESULTANDO

  1. -

    Refiere la actora que es casada con el demandado, procrearon tres hijos, hoy todos mayores de edad. Se describecomo una mujer agredida por su esposo, pero optó por la separación desde el año 1995 y no se volvieron a reconciliar. No pretende pensión alimentaria porque vive con un hijo que le ayuda y complementa su atención con la pensión que recibe. Hubo un arreglo extrajudicial donde se pactó la distribución de los bienes gananciales. Hace más de dos años, el accionado convive con otra mujer. Con base en lo expuesto y con fundamento en el artículo 48 incisos 1, 4, 8 del Código de Familia solicita que se declare en sentencia el divorcio entre las partes.

  2. -

    Conferida la audiencia de ley al accionado, éste dejó transcurrir el término sin contestar la demanda por lo que se decretó su rebeldía.

  3. -

    La Licenciada A.S.M., Jueza del Juzgado de Familia de Alajuela, por sentencia dictada a las, resolvió: “POR TANTO: De conformidad con lo expuesto y artículos 2, 8, 41 incisos 48 incisos 1 y 8, 49, 57 del Código de Familia, 221, 223, 310 y 420 del Código Procesal Civil, se declara con lugar el abreviado de divorcio establecido pro ALICE o A.A.S. contra A.H.C., declarando: 1.- Disuelto el vínculo matrimonial entre las partes. 2.- que no existen hijos menores de edad sobre los que haya que emitir pronunciamiento. 3.- Que de existir bienes gananciales, cada una de las partes adquiere el derechode participación en el cincuenta por ciento del valor neto de los bienes constatados en patrimonio del otro, que fueren adquiridos durantela convivencia común. Liquidación que de proceder, se hará por los trámites de ejecución de sentencia. 4.- En su condición de cónyuge inocente, la actora conserva el derecho a ser alimentada por su esposo si no tuviere recursos par atender sus necesidades. 5.- Firme esta sentencia, expídase ejecutoria para el Registro Civil a fin de que se inscriba el divorcio al margen del asiento número cuarenta y seis, del tomo sesenta de la Sección de Matrimonios de la Provincia de Alajuela. N. este fallo personalmente o en su casa de habitación al rebelde. Se le condena al pago...

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