Sentencia nº 01252 de Tribunal de Familia, de 16 de Agosto de 2006

PonenteOlga Marta Muñoz González
Fecha de Resolución16 de Agosto de 2006
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia04-400331-0675-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso abreviado de guarda, crianza y educación

ASUNTO:MODIF. GUARDA, CRIANZA Y EDUCACION

DE: E.L. NUÑEZ

CONTRA: S.M.M. VOTO No.1252-06

TRIBUNAL DE FAMILIA.-

S.J., a las nueve horas cincuenta y cincominutos del dieciséis de agosto del dos mil seis.

PROCESO ABREVIADO DE MODIFICACION DE GUARDA, CRIANZA Y EDUCACION, establecido por E.L.N., mayor de edad, soltero, policía, vecino de S.M. de Pavones de Turrialba, cédula número tres-trescientos cincuenta y seis-cero cincuenta y tres,contra S.M.M., mayor, soltera, de oficios del hogar, vecina de P., cédula número tres-trescientos setenta y ocho-quinientos cuarenta y ocho. Interviene el Patronato Nacional de la Infancia.

RESULTANDO

  1. -

    El aquí actor L.N. interpone proceso abreviado a fin de que en sentencia se declare que la guarda, crianza y educación de sus menores hijos Y.D. y J.A. ambos L.M, le deben ser concedidas a él en forma exclusiva, suspendiendo a la accionada en el ejercicio de la patria potestad, en virtud del maltrato físico que ella profiere a sus hijos.

  2. -

    La demandada M.M., contesta y se opone a la acción en los términos de su memorial de folios 44 al 49, solicitando se declare sin lugar la acción y se le mantenga a ella con los atributos de la guarda, crianza y educación de sus menores hijos.

  3. -

    El Licenciado Elmer Rojas Aguilar, Juez del Juzgado de Familia de Turrialba, por sentencia dictada a las once horas del catorce de febrero del dos mil seis, resolvió: “POR TANTO: Razones dichas, artículos 53 de la Constitución Política, 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, 5 del Código de la Niñez y la Adolescencia y 2, 4, 5, 140, 151 y 155 a 157 del Código de Familia, se DECLARA SIN LUGAR la demanda ABREVIADA DE GUARDA, CRIANZA Y EDUCACION DE MENOR interpuesta por E.L. NUÑEZ contra S.M.M., quien conserva, los deberes que le asignan los derechos de guarda, crianza y educación de sus hijos Y.D. y J.A. ambos L.M. Sin especial condenatoria en costas.”

  4. -

    Conoce este Tribunal del presente proceso en virtud del recurso de apelación interpuesto por el actor, contra la referida sentencia. Esta sentencia se dicta dentro del plazo de Ley.-

    Redacta la Jueza MUÑOZGONZALEZ; y,

    CONSIDERANDO:

    I.-

    Formula el recurrenterecurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de Familia de Turrialba de las once horas del catorce de febrero del dos mil seis, que desestima íntegramente la demanda de guarda, crianza y educación, establecida por E.L.N. contra S.M.M. y destaca que hubo de parte del órgano a quo una valoración probatoria contraria a...

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