Sentencia nº 01011 de Tribunal de Familia, de 3 de Agosto de 2007
Ponente | Valery Arce Ihabadjen |
Fecha de Resolución | 3 de Agosto de 2007 |
Emisor | Tribunal de Familia |
Número de Referencia | 06-400175-0464-FA |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Proceso especial de filiación |
Lugar o medio señalado: 75 metros sur del Museos Nacional, sea contiguo a ala Mutual la Vivienda, edificio Nº 270, oficina Nº 7
() Demandada: O.R.M., con el Lic. Juan Carlos Salvador Guzmán
Lugar o medio señalado: Fax: 758-07-82
EXPEDIENTE NÚmero06 - 400175 - 464 - fa.-
INTERNO nÚmero546 - 07 - 3.-ASUNTOinvestIgaciÓN DE PATERNIDAD.-DEMARÍA AUXILIADORA CÓRDOBA LÒPEZ.-CONTRAOMAR RETANA MURILLO.-VOTO No. 1011 - 07
TRIBUNAL DE FAMILIA.-
S.J., a las catorce horas diez minutos del tres de agosto del año dos mil siete.-
Proceso de Investigación de Paternidad establecido por MARÍA AUXILIADORA CÓRDOBA LÓPEZ, mayor, casada, dependiente de Fotocopiadora, con cédula número siete - cero nueve nueve - seiscientos catorce, vecina de Limón, en contra de O.R.M., mayor, casado, empresario, con cédula número uno - cuatrocientos ocho - seiscientos treinta y tres, vecino de Limón. Se ha tenido como parte al Patronato Nacional de la Infancia.-
RESULTANDO:
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Los actores con base en los hechos y citas de derecho que invocaron en su demanda, solicitan que en sentencia se declare:"Mi pretensión es que el señor R.M., reconozca a su HIJO, D. (sic) su APELLIDO, para que este menor, no siga siendo la BURLA de sus compañeros de estudio, ya que como se sabe, esto e presta para que los demás niños, le señalen como "BASTARDO" y legalmente debe de cumplirse lo que señalan las Lyes al respecto
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El demandada fue debidamente notificado de la presente acción la cual contestó en forma negativa
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La LicenciadaLorena María McLaren Quirós Jueza del Juzgado de Familia y Penal Juvenil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, por sentencia de las quince horas cincuenta minutos del nueve de marzo del dos mil siete, resolvió:"POR TANTO: Artículos citados y normativa aplicable procede DECLARAR PARCIALMENTE CON LUGAR el Proceso Espacial de FILIACIÓN, establecido por MARÍA AUXILIADORA CORDOBA LÓPEZ contra O. R.M. a quien se se declara como el padre biológico de la persona menor de edad de J.C.C.L. consecuentemente la persona menor de edad tiene derecho a llevar la filiación de su progenitor, a sucederle abintestatoy a ser alimentado por éste y siendo que el artículo 156 código (sic) de Familia, fue declarado inconstitucional, mediante voto 12019- 2006, Sala Constitucional, se tiene que el demandado tiene derecho a ejercer la Patria Potestad y en consecuencia alguno de sus atributos. Que al amparo de los artículos 96 y 126 del Código de Familia, el señor O.R. M. deberá...
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