Sentencia nº 01261 de Tribunal de Familia, de 13 de Septiembre de 2007
| Ponente | Diego Benavides Santos |
| Fecha de Resolución | 13 de Septiembre de 2007 |
| Emisor | Tribunal de Familia |
| Número de Referencia | 07-400256-0300-FA |
| Tipo | Sentencia de fondo |
| Clase de Asunto | Proceso abreviado de impugnación de paternidad |
CÈDULADE NOTIFICACIÒN
() Actor:GENARO SEQUEIRAMURILLO
Lugar o medio: FAX NUMERO:665-16-57
Lic.JOSÉ ANTONIO COREA OCAMPO
() Demandado: FRANCISCA SUAREZ RIVA
Lugar o medio:N.S.
()demandado:LUIS NAPOLEONNEIRA
Lugar o medio:N.S. .
EXPEDIENTE DEL TRIBUNAL NUMERO: 878-07 (07-400256-300-FA)
PROCESOIMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD
DE:G.S..-
CONTRA:F.S.R..-
VOTO NUMERO:1261-07
TRIBUNAL DE FAMILIA DE SAN JOSÉ,al ser las oncehoras del trece desetiembre del dos mil siete.-
Proceso de impugnación de paternidad establecido por GENARO SEQUEIRAMURILLO, mayor,soltero, policía, vecino de los Chiles, cédula número dos-cuatrocientos veintisiete-seiscientoscincuenta y cuatro contra F.S.R.,mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de los Chiles,cédula desconocida, y L.N.N., mayor,nicaragüense demás calidades desconocidas.Conoce este Tribunal del presente asunto en virtud del recurso de apelación interpuesto porel actor contra la resolución dictada por el Juzgado de Familia de San Carlos,al ser lastrece horas treinta y cincominutos del diecisiete de mayo del dos milsiete.-
Redacta el juez B.S., y;
CONSIDERANDO:
I.-
En la resolución recurridase dispone el archivo del expediente, luego de haberse dado curso.La parte actorarecurre.
II.-
Para explicar con profundidad lo que se decide es importante esquematizar el tema de la filiación de la siguiente manera:Existe filiación de hijos habidos dentro del matrimonio, que es la filiación matrimonial, y está el caso de los hijos habidos fuera del matrimonio.Analicemos cada uno de ellos: a) FILIACION MATRIMONIAL: en esta es muy importante la “presunción pater is est”es decir que se parte de que que el hijo la esposa es hijo del del marido (artículo 69 del Código de Familia).Para reclamar este tipo de filiación por parte de los hijos, existe una “acción” no muy corriente en nuestro país, por existir un buen registro de matrimonios y nacimientos, que es la “vindicación de estado” (artículos 76 y 77 del Código de Familia).La solicitud de los padres para que un hijo sea tenido como de matrimonio, es la pretensión de “legitimación” (v.gr. artículo 81 párrafo final del Código de Familia).Esto podría ocurrir cuando un hijo nace fuera del matrimonio, mas sus padres contraen nupcias posteriormente.Para desplazar la filiación de tipo matrimonial, existen varias vías. Si el marido solicita que no se tenga como su hijo al de su esposa, se llama “impugnación de paternidad” (artículos 72 a 74 del Código de Familia).Si lo solicita la madre o el hijo (artículo 71 del Código de Familia), se puede denominar “declaratoria de extramatrimonialidad”.Bien puede darse un trámite solicitado por el padre biológico sin oposición o con consentimiento de los padres registrales, como es el caso del “reconocimiento de hijo de mujer casada” (artículo 85 del Código de Familia).b) FILIACION EXTRAMATRIMONIAL: es la que tiene lugar cuando la filiación se da fuera del matrimonio, o bien cuando los padres no están casados entre sí.En estos casos el menor no nace amparado a una presunción, por lo que para...
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