Sentencia nº 01279 de Tribunal de Familia, de 19 de Septiembre de 2007

PonenteValery Arce Ihabadjen
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2007
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia06-400738-0300-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso especial de filiación

FAX. 460-64-50, LIC. WALTER JOSE JIMENEZ JIMENEZ

()MARCO VINICIO ZUÑIGA RODRIGUEZ(N.S.)

()MOISES RODRIGUEZ CAMACHO

FAX. 460-95-46, LIC. H.A.L.B.

()PANI,FAX. 460-82-72, LIC. M.S.R.

EXPEDIENTE: 06-400738-300-FA INTERNO: 1102-07 (1)

ASUNTO:PROCESO ESPECIAL DE FILIACION

DE: M.E.C. CAMPOS

CONTRA:MARCO ZUÑIGA RODRIGUEZ Y OTRO VOTO No. 1279-07

TRIBUNAL DE FAMILIA.-

S.J., a las ocho horas cincuenta minutos del diecinueve de setiembre del dos milsiete.

PROCESO ESPECIAL DE FILIACION -IMPUGNACION DE RECONOCIMIENTO E INVESTIGACION DE PATERNIDAD-establecido por M.E.C.C., mayor, casada, ama de casa, vecina de Gamonales de San Martín, cédula número dos-cuatrocientos veintitrés-quinientos noventa y uno, contra MARCO V.Z.C., mayor, casado, dependiente, vecino de Ciudad Quesada, S.C., cédula número dos-cuatro cuatro uno-siete dos uno y M.A.R.C., mayor, casado, ganadero, vecino de Ciudad Quesada, cédula dos-cuatrocientos siete-ciento cincuenta y nueve. Se ha tenido como parte al Patronato Nacional de la Infancia.-

RESULTANDO

  1. -

    La actora interpone la presente acción y con base en los hechos expuestos y citas de derecho invocados, solicita que en sentencia se declare: a) Que el demandado es el padre de la menor D.Z.C. y que en consecuencia tiene derecho a llevar su apellido, a ser alimentada por él y a sucederlo ab-intestato. b) Que se obligue al demandado a reembolsar los gastos de maternidad y alimento durante el primer año de vida de la menor. c) Que la sentencia respectiva se inscriba en el Registro Civil.d) Que se condene al demandado al pago de ambas costas.

  2. -

    El demandado debidamente notificado de la acción, contestó en los términos que constan del folio 28 al 30 y además opuso las excepciones de falta de legitimación activa y pasiva de derecho.

  3. -

    La Licenciada B.A.B., Jueza del Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, por sentencia dictada a las diez horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil siete, resolvió: “POR TANTO: Con base en las razones expuestas, y fundamentos de derecho invocados, se falla: 1) Se acoge la presente demanda especial de Filiación (Investigación de Paternidad), planteada por la señora M.E.C.C., declarándose que el señor M.A.R.C. es el padre de la menor M.D.Z.C., en consecuencia tiene derecho a llevar su apellido, a sucederles ab-intestato con todas las implicaciones que ello conlleva y a recibir alimentos de su parte.2) De conformidad con el artículo 96, primer párrafo, del...

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