Sentencia nº 01618 de Tribunal de Familia, de 20 de Noviembre de 2007

PonenteFrancisco L. Vargas Soto
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2007
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia06-400269-0385-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario de investigación de paternidad

Lugar o medio señalado:Fax:666-50-64.-

() Demandada: L.F.V.C., conel L.. D.M.E..-

Lugar o medioseñalado: Fax: 666-75-32.-

EXPEDIENTE NÚmero06 - 400269 - 385 - fa.-

INTERNO nÚmero1491 - 07 - 3.-ASUNTOinvestigaciÓn de paternidad.-DEMARÍA N.G.B.-CONTRALUISF.V. CHAVES.-VOTO No.1618 - 07.-

TRIBUNAL DE FAMILIA.-

S.J.,a las trece horas cuarentaminutos del veinte de noviembre del año dos mil siete.-

Proceso de Investigación de Paternidad establecido por M.N.G.B., mayor, soltera, ama de casa, con cédula número cero cinco - cero trescientos treinta y uno - cero doscientos cincuenta y dos, vecina de Quebrada Grande de Liberia, en contra de L.F.V.C., mayor, casado, oficial de Policía Administrativa de Liberia, con cédula número cero cinco - cero ciento noventa y cinco - cero cuatrocientos cincuenta y cuatro, vecino de La Guaria de Liberia.-

RESULTANDO:

  1. -

    La actora con base en los hechos y citas de derecho que invocó en su demanda, solicita que en sentencia se declare:"1.- Se declare con lugar el presente proceso en todos sus extremos. 2.- Se confirme que el demandado VARGAS CHAVES es el padre del menor J.G.B.- 3.- Que una ves firme la sentencia, se emita ejecutoria de sentencia y se ordene inscribir al margen del asiento de inscripción del nacimiento del menor sus verdaderos apellidos denominándose en lo sucesivo J.V.B. . 4.- Se declare que la patria potestad sobre el menor ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE la suscrita. 5.- Que el menor K.G.B. pueda sucederle ab intestato al señor V.C.. 6.- Se condene al demandado a reembolsarme los gastos de pre y post maternidad del menor J.G.B. 7.- Se condene al demandado V.C. alpago de ambas costas de esta acción."-

  2. -

    El demandado fue debidamente notificado de la presente acción la cual contestó negativamente, oponiéndose las excepciones de falta derecho, falta de legitimación activa y la sine actione agit.-

  3. -

    La Licenciada Y.P.M.G.J. del Juzgado de Familia de Liberia, por sentencia de las catorce horas del veintiocho de agosto del dos mil siete, resolvió:"POR TANTO: De conformidad con lo expuesto y lo regulado en el artículo 53 de la Constitución Política, artículos 2, 8, 91 y siguientes del Código de Familia, 3, 7 y 18 de la Convención sobre los Derechos del Niño, 5 y 8 del Código de la Niñez y la Adolescencia, se declara CON LUGAR la demanda resolviendo:a) Que la persona menor de edad J.G.B. es hijo del demandado L.F.V.C.; b) Que dicho menor tiene derecho a llevar el apellido del demandado, a ser alimentado por éste y a sucederle ad intestato; c) El accionado por su parte, deberá cubrir el pago de una cuota de pensión alimentaria a favor de su hijo L.F., que se retrotraerá en sus efectos a la fecha en que se presentó la demanda a Estrados judiciales; es decir, a partir del día 14 de junio del 2006 y de ahí en adelante hasta la firmeza de este fallo; debiendo también esta parte cubrir los gastos de embarazo y maternidad del citado menor durante los doce meses posteriores a su nacimiento; extremos que podrán reclamarse por la accionante mediante los trámites de ejecución de sentencia en la vía correspondiente; d) Se condena al demandado al pago de las costas personales y procesales de este asunto. Firme el fallo, inscríbase en el Registro Civil, Sección de Nacimientos, Provincia de Guanacaste, al Tomo: 427, Página: 387, Asiento: 773.-Quedan las partes apercibidas en caso de inconformidad, de su derecho de apelar el presente fallo ante el Superior Jerárquico, dentro del plazo del tercero día."-

  4. -

    Conoce este Tribunal del presente asunto en virtud del recurso de apelación interpuesto por el demandado contra la referida sentencia. Esta sentencia se dicta dentro del plazo de Ley. En los procedimientos se han observado las prescripciones correspondientes.-

    Redacta el JuezVARGAS SOTO; y,

    CONSIDERANDO:

    I

    El demandado L.F.V.C. se alza en esta sede contra la sentencia número 298-07 dictada por el Juzgado de Familia de Liberia a las catorce horas del veintiocho de agosto del año dos mil sieteen la que se declaró con lugar la demanda de investigación de paternidad planteada ensu contrapor la señora M.N.G.B.,y se determinó que él es el padre del menor J.G.B., con las respectivas consecuencias legales(Folios del 102 al 108,115 y del120 al 124).-

    II.-

    Se aprueba el elenco de hechos probados que contiene la sentencia apelada por ser fiel reflejo de lo que reflejan los autos.-

    III

    En cuanto al tema de filiación, se ha dicho que esta es el vínculo jurídico que une a un hijo con su madre o con su padre y que consiste en la relación de parentescoestablecida por ley entre un ascendiente y un descendiente de primer grado, encuentra su fundamento en el hecho fisiológico de la procreación, salvo obviamente en la adoptiva que corresponde a una creación legal. La maternidad y...

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