Comentario al artículo 120 de Código Procesal de Familia

Fecha06 Octubre 2022
AutorMaripaz Sancho Miranda
SecciónCódigo Procesal de Familia

COMENTARIO

Resulta evidente que la norma hace referencia a aquellos actos que permiten la disponibilidad, es decir, cuando se da una manifestación de voluntad, por ejemplo: el allanamiento, el desistimiento, la renuncia, la transacción judicial o la prórroga de competencia. En términos generales, parece ser que los actos de voluntad procesal a los que se refiere este numeral no requieren de la valoración, aprobación u homologación por parte del juzgador, sino que producen efectos de pleno derecho.

Pareciera, además, que aquellos actos en los que la parte procesal cumple con una norma que exige solicitud de parte están incluidos dentro de la previsión de este artículo; a manera de ejemplo, la interposición de la demanda o la actividad recursiva. Se encuentran incluidos dentro de la previsión de esta disposición normativa la solicitud de prueba anticipada, la solicitud de medida cautela, la demanda, la contestación, la reconvención, la réplica, así como los recursos ordinarios de revocatoria y apelación y los extraordinarios de casación y revisión de la demanda.


AUTOR

Maripaz Sancho Miranda • Es Máster en Derecho de Familia por la Universidad Internacional de La Rioja y Máster en Mediación Familia por la Escuela de Ciencias Jurídicas de Madrid Se desempeña en Lazos Familiares brindando asesoría legal en Derecho de Familia, como Abogada Directora. También funge como abogada en Bufete Sancho y Asociados S.A Además, ha sido docente por un año en la Universidad de Costa Rica, donde ha impartido cursos como Derecho de Familia I, Derecho de Familia II, Resolución Alterna de Conflictos, y en la Universidad Fidélitas, donde imparte Derecho de Familia I, Derecho de Familia II También es Mediadora y Conciliadora Certificada y ha brindado consultorías sobre Resolución Alterna de Conflictos además de Derecho de Familia. • Este trabajo se realizó en el marco del Acuerdo de Colaboración entre Click Legal by NSdL, S.L. y la Universidad Fidélitas para la Investigación y Producción Intelectual de Obras en el Ámbito del Derecho, de fecha 15.07.2022.

¿COMO CITAR?

Sancho Miranda, Maripaz (2022). Comentario al Artículo 120. Efectos de las...

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