Comentario al artículo 126 de Código Procesal de Familia

Fecha06 Octubre 2022
AutorMaripaz Sancho Miranda
SecciónCódigo Procesal de Familia

COMENTARIO

Tómese en consideración que la seguridad jurídica, es y debe ser siempre, el norte de la administración de justicia. La exigencia del Código Procesal de Familia de que se recopilen las audiencias en audio y video permite la reconstrucción en tiempo y espacio de los actos procesales, de especial importancia para garantizar la publicidad interna del expediente: la posibilidad de que las partes conozcan todas las actuaciones procesales que se están llevando a cabo en tiempo real, a efectos de que puedan, en el momento en que lo consideren oportuno, analizarlas, revisarlas o de ser necesario, impugnarlas.

Adicionalmente, esta disposición normativa viene a complementar principalmente los principios de inmediación y privacidad incorporados en el Código Procesal de Familia. Con respecto a la inmediación, se facilita el contacto directo que deben tener las partes con la prueba y los demás intervinientes en el proceso. Asimismo, se reconoce la necesidad de proteger a las personas menores de edad de cualquier exposición (principio de privacidad) que violente sus derechos de la personalidad, tanto a la imagen como a la intimidad.

Adicionalmente, es importante aclarar que el equipo utilizado no puede encontrarse obsoleto, sino que debe estar actualizado con las tendencias tecnológicas modernas, en particular, ante la posibilidad de que el mal funcionamiento de estas herramientas pueda obligar a realizar la audiencia, de nuevo e íntegramente, con todos los inconvenientes que esto pueda acarrear.

Contémplese la hipótesis de que las partes de antemano conocieran, en una segunda audiencia, los argumentos contrarios, así como las declaraciones de los testigos y peritos, con la consiguiente pregunta: ¿cómo afectaría esto su teoría del caso?


AUTOR

Maripaz Sancho Miranda • Es Máster en Derecho de Familia por la Universidad Internacional de La Rioja y Máster en Mediación Familia por la Escuela de Ciencias Jurídicas de Madrid Se desempeña en Lazos Familiares brindando asesoría legal en Derecho de Familia, como Abogada Directora. También funge como abogada en Bufete Sancho y Asociados S.A Además, ha sido docente por un año en la Universidad de Costa Rica, donde ha impartido cursos como Derecho de Familia I, Derecho de Familia II, Resolución Alterna de Conflictos, y en la Universidad Fidélitas, donde imparte Derecho de Familia I, Derecho de Familia II También es Mediadora y Conciliadora Certificada y ha brindado consultorías sobre Resolución Alterna...

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