Comentario al artículo 175 de Código Procesal de Familia

Fecha06 Octubre 2022
AutorMaripaz Sancho Miranda
SecciónCódigo Procesal de Familia

COMENTARIO

El art. 175 del Código Procesal de Familia (CPF) establece que todo documento aportado por las partes en la fase inicial del proceso se admite de pleno derecho, y aquellos que fueren aportados posteriormente y admitidos por la autoridad judicial, se presumen válidos y auténticos salvo prueba en contrario. Se entiende por documento el objeto, cosa o entidad material corpórea que represente y refleje algún contenido que pueda ser percibido por los sentidos. Siendo que el Código Procesal de Familia no distingue, no importa el objeto o la materia de la cual esté hecho el documento (papel, disco, piedra, medio magnetofónico).

Con respecto a los tipos de documento, tradicionalmente se distingue entre documentos privados y documentos públicos, siendo estos últimos aquellos redactados o extendidos por funcionarios públicos, dentro del formato requerido y de conformidad con sus atribuciones, así como aquellos calificador por este carácter por ley. También se le confiere esta naturaleza a los documentos otorgados en el extranjero que tengan tal carácter en virtud de tratados, convenidos o el derecho internacional (art. 45.2 del Código Procesal Civil). Asimismo, se consideran documentos públicos aquellos autorizados por notario competente que se formalizan a requerimiento de la parte interesada y con las solemnidades de ley (escrituras públicas, actas y todo documento autorizado por notario sea original, en copia o testimonio).

Considérese que el párrafo final del numeral exime del pago de impuestos (principio de gratuidad) a los documentos aportados por las partes o requeridos por el Tribunal a instituciones públicas, así como las reproducciones de dichos documentos y las autenticaciones del contenido de medios electrónicos.


AUTOR

Maripaz Sancho Miranda • Es Máster en Derecho de Familia por la Universidad Internacional de La Rioja y Máster en Mediación Familia por la Escuela de Ciencias Jurídicas de Madrid Se desempeña en Lazos Familiares brindando asesoría legal en Derecho de Familia, como Abogada Directora. También funge como abogada en Bufete Sancho y Asociados S.A Además, ha sido docente por un año en la Universidad de Costa Rica, donde ha impartido cursos como Derecho de Familia I, Derecho de Familia II, Resolución Alterna de Conflictos, y en la Universidad Fidélitas, donde imparte Derecho de Familia I, Derecho de Familia II También es Mediadora y Conciliadora Certificada y ha brindado consultorías sobre Resolución Alterna de...

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