Comentario al artículo 199 de Código Procesal de Familia

Fecha06 Octubre 2022
AutorValeria Arce Ihabadjen
SecciónCódigo Procesal de Familia

COMENTARIO

Ver art. 119 del Código de la Niñez y la Adolescencia (CNA). El CNA ya proscribe toda posibilidad de deserción o desistimiento en pretensiones que interesan directamente a personas menores de edad. Incluso, en materia de violencia intrafamiliar vienen rigiendo de vieja fecha, restricciones en favor de la victima de violencia intrafamiliar que solicita la terminación del asunto.


AUTOR

Valeria Arce Ihabadjen • Cuenta con un DEA en Droit Prive por la Universite des Sciences Sociales Toulouse 1. Se desempeña como Jueza en el Juzgado Primero de Familia de San José, Poder Judicial. Y es egresada del Doctorado en Derecho de la Universidad Escuela Libre de Derecho.

¿COMO CITAR?

Arce Ihabadjen, Valeria (2022). Comentario al Artículo 199. Limitaciones al desistimiento. de 10. CÓDIGO PROCESAL DE FAMILIA de Costa Rica. Click Legal. Click Legal by NSdL, S.L.

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