Comentario al artículo 297 de Código Procesal de Familia

Fecha06 Octubre 2022
AutorAnthony Francisco Zapata Sojo
SecciónCódigo Procesal de Familia

COMENTARIO

El presente artículo refiere que, la pretensión de terminación de los atributos de la responsabilidad parental, con fines de adopción respecto a una persona menor de edad, es posible que se tramite conjuntamente con la pretensión referente a la adopción, ambas, en un mismo proceso resolutivo familiar, conforme al trámite que establecen los art 222 y siguientes del Código Procesal de Familia (CPF), Es claro, que la adopción va a declararse solo en caso de que se declare con lugar la terminación de la responsabilidad parental, pues depende y es subsidiaria de esta. Resulta muy apropiada esta acumulación de pretensiones, puesto que agiliza la adopción y con ello el beneficio a las personas menores de edad de encontrarse dentro del seno de una familia.


AUTOR

Anthony Francisco Zapata Sojo • Obtuvo su Licenciatura en Derecho y una Especialidad en Derecho Notarial y Registral por la Universidad Fidélitas. Se desempeña como Juez de Familia 1, 2 y 3 en el Juzgado de Pensiones Alimentarias y Violencia Doméstica de Pavas, San José, Poder Judicial. Además, ha ejercido la docencia por un año en la Universidad de La Salle, impartiendo cursos como Derecho de Familia I, II, Ejercicios Jurídicos y Actividad Notarial en el Derecho de Familia (Posgrado).

¿COMO CITAR?

Zapata Sojo, Anthony Francisco (2022). Comentario al Artículo 297. Integración de trámites. de 10. CÓDIGO PROCESAL DE FAMILIA de Costa Rica. Click Legal. Click Legal by NSdL, S.L.

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