Considerando: (IN2014087022)

Fecha de publicación06 Enero 2015
Número de registroIN2014087022

N° 01-2014.—Alcaldía Municipalidad.—Desamparados a las trece horas del día cinco de diciembre de dos mil catorce.

Considerando:

1º—Que el artículo 99 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios faculta a la Administración Tributaria para dictar normas generales, a efecto de la correcta aplicación de las leyes tributarias dentro de los límites que fijen las disposiciones legales reglamentarias vigentes.

2º—Que el artículo 10, inciso c) del citado código establece que cuando un plazo vence en un día inhábil se prorroga el plazo hasta el día siguiente hábil.

3º—Que el virtud que la Municipalidad producto de las fechas de fin y principio de año cesará sus operaciones desde el día veinticuatro de diciembre del dos mil catorce, a partir de las 12 md y hasta el cinco de enero del año dos mil quince. Por tanto,

RESUELVE:

Único.—Prorrogar el plazo de pago para cancelar sin intereses el Primer Trimestre del 2015 del Impuesto de Patentes, el cuarto trimestre del 2014 de Impuesto Sobre Bienes Inmuebles y de Servicios Municipales y la presentación de la declaración jurada del Impuesto de Patentes, periodo fiscal Nº 2014, hasta el viernes 9 de enero del año dos mil quince.

Publíquese.

Licda. Maureen Fallas Fallas, Alcaldesa Municipal.—1 vez.—(IN2014087022).

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