Contratación Administrativa y Fideicomisos
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Revista de Derecho de la Hacienda Pública
La sentencia referida fue confirmada por resolución número 000020-F-TC-2014, de las
08:36 horas del 13 de marzo de 2014, mediante la que el Tribunal de Casación de lo
Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, rechazó por el fondo el recurso de casación
interpuesto por el actor, desarrollando a su vez a los mismos temas tratados por el tribunal
de instancia.
Contratación Administrativa y Fideicomisos7
Mediante la sentencia N° 2188-2011 de las 10:00 horas del 18 de octubre de 2011, el
Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda declaró sin lugar, una demanda
ordinaria interpuesta por una empresa particular en contra de varios entes públicos incluida
la Contraloría General de la República.
Cabe mencionar, que la sentencia antes relacionada fue confirmada por el Tribunal
Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda a través de la sentencia N° 130-2013 de las
10:00 horas del 30 de setiembre de 2013 y, finalmente, mediante la sentencia de la Sala
Primera de la Corte Suprema de Justicia N° 614-2014 de las 17:55 horas del 30 de abril de
2014.
El caso guardó relación, con un incumplimiento contractual en la compra de unos vehículos
y la imposición de una sanción a la empresa actora por parte de la Administración contratante,
actuaciones que siendo impugnadas ante la jurisdicción contencioso-administrativa superaron
con éxito el control de legalidad ordinaria, confirmando así la conformidad de tales conductas
administrativas con el ordenamiento jurídico.
En el caso puntual de la Contraloría General, se cuestionó el otorgamiento de una
autorización de contratación directa en favor de la Administración, con el objeto de adquirir
los vehículos requeridos de manera paralela al desarrollo del procedimiento administrativo de
resolución contractual promovido ante el incumplimiento en el que incurrió la empresa
actora.
Interesa destacar, que la sentencia de interés desarrolla temas importantes en materia de
contratación administrativa y la aplicación de normas de derecho público a los fideicomisos.
En específico, se analizan entre otros- temas como la autotutela administrativa, las prórrogas
en materia de contratación administrativa, ejecución de garantías, fuerza mayor y caso
fortuito, resolución contractual.
Resta indicar, que al ser un proceso ordinario interpuesto de conformidad con las
disposiciones de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la sentencia
N° 5188-2011 fue impugnada ante el Tribunal Contencioso Administrativo y, finalmente,
ante la Sala Primera a través de un recurso extraordinario de casación que fue rechazado de
plano por falta de fundamentación, alcanzado así un estado de firmeza.
7 Elaborado por el Lic. Jaínse Marín Jiménez, Gerente Asociado de la Contraloría General de la República
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