El control administrativo ante incumplimientos del deber de probidad como Instrumento contra la corrupción y las deficiencias derivadas de su aplicación

AutorAlejandra Román Hernández
CargoLicenciatura en Derecho y Notaria Pública por la Universidad de Costa Rica. Se ha desempeñado como abogada de la Dirección General de Aduanas, asesora del Despacho del Ministerio de Hacienda, así como del Viceministro de Ingresos del Ministro y Oficial Mayor y es actualmente Jefe de la Unidad Legal, Gestoría Administrativa y Financiera DGH ?DGT.
Páginas107-121
107
Revista de Derecho de la Hacienda Pública Vol. XII.
Enero-Junio, 2019. ISSN-221-3624
El contenido de este artículo está bajo una licencia de Creative Commons.
Alejandra Román Hernández1
aroman@abogados.or.cr
1 Licenciatura en Derecho y Notaria Pública por la Universidad de Costa Rica.
Se ha desempeñado como abogada de la Dirección General de Aduanas,
asesora del Despacho del Ministerio de Hacienda, así como del Viceministro
de Ingresos del Ministro y Of‌icial Mayor y es actualmente Jefe de la Unidad
Legal, Gestoría Administrativa y Financiera DGH –DGT.
El control administrativo ante
incumplimientos del deber
de probidad como Instrumento
contra la corrupción y las
deciencias derivadas de su
aplicación
Sumario:
1. Introducción.
2. La ética pública y el deber de probidad. 2.1.
La ética pública en la actuación administrativa.
2.2.Concepto del deber de probidad y su relación con
el derecho interno costarricense.
3. El deber de probidad de acuerdo con la Ley
N° 8422, alcances de la norma y problemas en su
aplicación. 3.1. Alcances del deber de probidad desde
su regulación en la Ley N° 8422. 3.2. El control de la
actuación administrativa en la aplicación a faltas del
deber de probidad y posibles def‌iciencias.
4. Conclusiones.
5. Referencias bibliográf‌icas.

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