El cumplimiento del deber de probidad desde el principio de imparcialidad y objetividad en el procedimiento administrativo costarricense

AutorRosita Pérez Matamoros
CargoLicenciada en Derecho por la Universidad Autónoma de Centroamérica, Escuela Libre de Derecho. Master en Derecho Tributario por la Universidad para la Cooperación Internacional, Máster en Administración Pública con énfasis en Gestión Pública de la Universidad de Costa Rica. Cuenta con un Diplomado en Corrupción y Régimen Sancionatorio de la ...
Páginas63-88
63
Revista de Derecho de la Hacienda Pública Vol. XIX.
Julio - Diciembre, 2022. ISSN-221-3624
El contenido de este artículo está bajo una licencia de Creative Commons.
Rosita Pérez Matamoros1
1 Licenciada en Derecho por la Universidad Autónoma de Centroamérica,
Escuela Libre de Derecho. Master en Derecho Tributario por la Universidad
para la Cooperación Internacional, Máster en Administración Pública con
énfasis en Gestión Pública de la Universidad de Costa Rica. Cuenta con un
Diplomado en Corrupción y Régimen Sancionatorio de la Hacienda Pública
por la Universidad de Salamanca, España. Se desempeña actualmente como
Fiscalizadora en la División Jurídica de la Contraloría General de la República.
El cumplimiento del
deber de probidad
desde el principio de
imparcialidad y objetividad
en el procedimiento
administrativo costarricense
Sumario
1. Introducción
2. Deber de probidad en la función pública
3. Principio de imparcialidad y objetividad en los
procedimientos. administrativos como manifestación
del deber de probidad en la función pública
4. Régimen de impedimentos, recusación, y
abstenciones y su incidencia en la integración e
imparcialidad de los órganos directores en los
procedimientos administrativos
5. Tratamiento del régimen de abstenciones y su
modulación en el ámbito administrativo
6. Conclusiones
7. Bibliografía
Revista de Derecho de la Hacienda Pública Vol. XIX. Julio-Diciembre, 2022. ISSN-221-3624
Revista de Derecho de la Hacienda Pública
Contraloría General de la República
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Resumen: El presente artículo presenta una
descripción de los deberes de probidad y los principios
de imparcialidad y objetividad en el procedimiento
administrativo, desde su contexto doctrinario y
normativo costarricense. Con ello se pretende conocer
los supuestos en los que se llevan a la práctica dichos
principios por parte del funcionario que tiene bajo
su responsabilidad la adopción de decisiones en el
cumplimiento de sus atribuciones; para efectos de
este trabajo, adquiere particular relevancia el ejercicio
de la potestad sancionadora administrativa. Resulta
de interés vincular la forma en que se desarrolla dicha
función administrativa con el deber de probidad,
desde que el alcance de este concepto se extiende
-entre otros aspectos- a la actividad imparcial y
objetiva del funcionario en la toma de sus decisiones
administrativas. Constituye un reto el dar contenido al
deber de probidad como concepto jurídico, para que
las actuaciones de los agentes públicos se orienten de
manera concreta; una de ellas es, precisamente, desde
la función decisoria administrativa. De allí que al tratar
de delimitar el alcance del término probidad y su efecto
en la función administrativa, merece la pena analizar
de qué forma es que se visualiza el logro del deber
de probidad desde la legitimidad de los principios de
imparcialidad y objetividad del funcionario.
Palabras clave: Deber de probidad, conflicto de interés,
principio de imparcialidad, principio de objetividad,
deber de abstención.
1. Introducción
Nuestra Constitución Política consagra los pilares
democráticos de la Nación, al declarar que Costa Rica
es una República democrática, libre e independiente y
su Gobierno es popular, representativo, participativo,
alternativo y responsable; artículos 1 y 9 respectivamente.
A partir de estos postulados se establece que
la Administración Pública actuará sometida al
ordenamiento jurídico y a su vez, los funcionarios son
simples depositarios de la autoridad, enmarcado lo
anterior en el principio de legalidad o juridicidad de la
Administración (artículos 11 de la Constitución Política
López, E. (2016) se refiere a la función del Estado en
los siguientes términos: “La función del Estado como
entidad de derecho es “servir a la colectividad en el uso
y disfrute de sus bienes, por medio de los mecanismos
que indica la ley”, por lo que debe estar orientada al
cumplimiento del interés general e ir de la mano del
principio de legalidad…”.2
Así, la función pública es expresión del Estado de
Derecho, desde que la actividad estatal se orienta al
cumplimiento del interés público y a la satisfacción de
las necesidades de la sociedad.
Los numerales 113 y 114 de la Ley General de la
Administración Pública establecen que el servidor
público ha de orientar sus funciones hacia la
satisfacción del interés público, entendido éste como la
expresión de los intereses individuales coincidentes de
los administrados, así como que se presenta como un
servidor de los administrados en general.
De esta manera es preciso afirmar que el funcionario
asume el deber de prestar sus servicios para el
cumplimiento de lo dispuesto por el ordenamiento
jurídico, satisfacer el interés público y hacer efectivo el
fin dispuesto para las instituciones del Estado y entes
públicos en general. Al hablar de función pública, en
términos de López. E (2016), se habla del ejercicio de
un poder jurídico3.
Tal y como se ha venido señalando, en Costa Rica existen
normas constitucionales y legales que desarrollan
los principios de legalidad de la Administración, la
rendición de cuentas, la transparencia y la probidad en
la función pública. En este contexto, el procedimiento
administrativo figura como expresión de la actividad
administrativa, en el que adquieren relevancia los
principios de imparcialidad y objetividad en las funciones
del servidor público.
2 López, E.& Delgado, Y. (2016). Acciones de la Procuraduría de la Ética
Pública que disminuyen la corrupción: hacia un Estado con transparencia,
página 12. [Tesis licenciatura en derecho, Universidad de Costa Rica].
Repositorio institucional de la Universidad de Costa Rica
http://repositorio.sibdi.ucr.ac.cr:8080/jspui/handle/123456789/5269
3 López, E.& Delgado, Y. (2016). Acciones de la Procuraduría de la Ética
Pública que disminuyen la corrupción: hacia un Estado con transparencia,
página 29. [Tesis licenciatura en derecho, Universidad de Costa Rica].
Repositorio institucional de la Universidad de Costa Rica
http://repositorio.sibdi.ucr.ac.cr:8080/jspui/handle/123456789/5269

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