El diseno decisional en la designacion de jerarcas de instituciones de control en Costa Rica: el caso de la defensoria de los habitantes.

AutorAbarca Rodr
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Páginas283(15)

ÍNDICE Resumen Abstract I. Introducción II. Procedimiento del Concurso II.1. La ponderación II.2. El entramado decisional III. Observaciones estratégicas III.1 Aplicabilidad del valor de Shapley a la elección de jerarcas, 2005, Asamblea Legislativa: el punto de vista formal III.2. Decisión del plenario IV. Conclusiones y Recomendaciones Referencias bibliográficas I. INTRODUCCIÓN

La incidencia cada vez mayor que tienen los órganos de control político en Costa Rica sobre las decisiones de las instituciones de gobierno, es altamente palpable. En cada acto y palabra (dictamen o resolución) que se emana desde la Contraloría General de la República o la Defensoría de los Habitantes, se genera una capacidad de reproducción impresionante en los medios de comunicación colectiva y que, en gran medida, marca la factibilidad y el devenir de la forma en que se hace administración pública y obra de gobierno.

En estas condiciones, es obvio que la elección de los jerarcas de esas instituciones representa un momento crítico y que, de alguna manera, genera una relación estratégica en los decisores, en el seno del Congreso. En el año 2005, se elije al cuarto jerarca en la breve historia de la Defensoría de los Habitantes de Costa Rica; esta instancia precisamente nace en el año 1992 y abre sus puertas el 1 de octubre de 1993. Es un órgano adscrito al Poder Legislativo pero que goza de independencia funcional, administrativa y de criterio (Ley 7319). (2)

  1. PROCEDIMIENTO DEL CONCURSO

    Cuando de discutir la elección de un jerarca se trata, es imprescindible el análisis o consideración de las reglas que demarcan el proceso. El análisis de las decisiones institucionales se resume en reglas que tienen una direccionalidad específica; así pues, las reglas de un nombramiento suponen --a priori-- tres posibilidades que no se descartan o contraponen entre sí:

    1. La fijación de parámetros mínimos para la idoneidad o mínimos estándares de quien se elige.

    2. La exclusión-inclusión de posibles candidaturas.

    3. La ponderación, en mayor o menor cuantía, en determinadas candidaturas.

      Corresponde a la Asamblea Legislativa la designación de los jerarcas de la Defensoría: el Defensor y el Defensor Adjunto; cada uno de ellos es electo por 4 años, según lo determine la mayoría absoluta de los diputados presentes al momento de la votación definitiva. La reelección cabe pero por un solo período. De acuerdo a la ley, para ocupar el cargo de Defensor de los Habitantes se tienen que cumplir los siguientes requisitos: ser costarricense en ejercicio de sus derechos civiles y políticos, mayor de treinta años, y con solvencia moral y profesional de prestigio reconocido.

      El mecanismo explícito es la designación de una comisión especial que analice los atestados de las personas que opten por el puesto, esto de conformidad con lo que prescriba el Reglamento de Orden, Dirección y Disciplina Interior de la Asamblea Legislativa. El mecanismo de asignación de puntajes contiene algunas mejoras de procedimiento respecto del utilizado en la primera elección. No obstante, una cuarta elección supondría algún grado de mayor madurez en el diseño de elección.

      La Comisión de Nombramientos, encargada de preseleccionar y recomendar a 5 personas para ocupar el cargo, estuvo conformada por un total de siete diputados; a saber, 3 diputados del PUSC, 2 diputados del PLN, 1 diputado del Bloque Patriótico, y 1 diputado del PAC. El Lic. Carlos Ricardo Benavides (PLN) preside la comisión respectiva. La calificación individual en este proceso depende de los siguientes factores: entrevista pública, calificación del cuestionario, valoración de la calidad de la formación, y experiencia profesional.

      La guía curricular solicita a cada candidato, incluir los siguientes elementos: estudios relacionados con el cargo; ejercicio laboral en quehaceres afines a las competencias de la Defensoría de los Habitantes; publicaciones e idiomas. Si bien los dos primeros elementos son señalados como atinentes al cargo de Defensor, no existe una definición a priori de qué es un 'trabajo anterior' o una carrera que sí o que no se relacione al cargo en elección.

      II.1. La ponderación

      En lo concerniente a la evaluación de los atestados, se debe presentar copias de todos los títulos obtenidos, haciendo hincapié en el debido reconocimiento de cada uno de ellos y la especificación de inicio y de conclusión de los estudios.

      Se hace el señalamiento de que si se requiere maestría o especialidad para cursar un determinado doctorado, se otorgará puntaje únicamente por este último. De alguna manera existe acá un problema de criterio balanceado: un diplomado otorga 3 puntos y una maestría académica 4 puntos, a pesar que la duración media y la complejidad de esta última pueden ser desproporcionadamente mayores.

      Sobre la experiencia laboral en "competencias afines a la Defensoría de los Habitantes", se solicita la entrega de una respectiva certificación en la que resulten claras las tareas o funciones realizadas y el espacio temporal destinado a tales propósitos. El ejercicio laboral se concibe a partir del título respectivo. Se otorga un puntaje máximo de 40 puntos.

      Las publicaciones contemplan artículos o ensayos publicados en revistas o libros con comité editorial, además de los publicados en revistas o periódicos de circulación nacional. Es decir, se aceptan tanto artículos de periódico como los artículos (existiendo o no un Consejo Editorial que los haya aprobado). En tercer y cuarto lugar se nombran libros en autoría compartida bajo una editorial de prestigio y publicaciones bajo una editorial reconocida. La cantidad de puntos respectiva no podrá superar los 25 puntos, además de que cada rublo también tiene un máximo a reconocer (véase tabla 1).

      Se solicita aportar títulos o certificados o --curiosamente-- declarar ante notario sobre la capacidad de leer, escribir y hablar en forma fluida otro idioma distinto al español. Este rublo acredita un máximo de 2 puntos y establece la obtención de 1 punto por cada dominio de idioma. Este punto demuestra algunas debilidades en la validación de la información, a tal punto que uno de los diputados expresamente solicita a algunos candidatos que inicien respondiendo algunas preguntas en inglés o en francés, al inicio de sus comparecencias en la comisión respectiva.

      Una quinta esfera de puntaje la representa la posibilidad de haber participado no remuneradamente (y en forma activa y comprobada), en cargos de dirección, ejecución y representación en organizaciones sociales, gremiales, comunales, deportivas o culturales. En este sentido no se define un tope de puntaje. Existe la posibilidad que si la persona ha participado en más de una organización --incluso en forma simultánea-- se considera las evaluaciones respectivas por n veces, sin importar el tiempo promedio respectivo de la dedicación.

      Así, el diseño de una prevaloración es un filtro que intenta depurar las candidaturas, aunque los límites de cada criterio generan un mayor peso en la experiencia laboral de la persona (medida en años), en cierto desmedro de la formación académica. Incluso se nota que el rublo de las publicaciones está relativamente devaluado, al darle un peso desproporcionado, por ejemplo, a lo que podría representar un artículo de periódico respecto a lo que significa un artículo científico o publicación académica. Además, en el sistema de adjudicación de puntaje no se encuentran indicios de sistemas claros de arbitrajes para determinar porqué ciertos puntajes son altos, medios o bajos.

      II.2. El entramado decisional

      El 05 de Junio del 2005 se le vence el periodo de nom bramiento al Lic. José M1. Echandi quien funge como jerarca desde junio del año 2001. Desde finales de enero --con la convocatoria-- y hasta el inicio de junio, transcurren poco más de 4 meses sin que se adopte la decisión. En todo el proceso los medios de comunicación informan y conjeturan distintos aspectos:

    4. Posibilidad que la Comisión de Nombramiento solamente investigara antecedentes éticos y morales de los participantes, sin involucrarse en la asignación de los puntajes.

    5. Legisladores de partidos no tradicionales denuncian intención de acuerdo entre los partidos políticos tradicionales.

    6. El postulante a la reelección, José M1. Echandi, denuncia un veto hacia su persona, proveniente de Casa Presidencial.

      Finalmente, son 17 las personas postuladas y calificadas. Ahora bien, a partir de este momento no todos pasan a la segunda etapa --entrevista-- de hecho no estaba predefinido el corte respectivo. Señala la presidencia de la comisión:

      "Algunos compañeros, entre ellos yo, hemos sugerido hacer el corte en la calificación de 54 puntos. Es decir, para llamar a la entrevista a quienes están con 54 puntos o más. En el tanto en que primero resulta un número razonable siendo que es más de la mitad de los postulantes válidos. Y, en segundo lugar, porque entre esa calificación de 54 y la calificación de 51, que es la que sigue, hay una diferencia que resulta destacable." (Acta de Sesión Extraordinaria N.66, 2005, p.8).

      La propuesta fue aprobada en forma unánime, por lo tanto 9 personas pasan a la segunda etapa. Son excluidos: Carlos Ronald Cháves Cárdenas, Víctor Manuel Villalobos Rodríguez, Roxana Chacón Artavia, Rolando Protti Bacca, Reynaldo Vargas Soto, Bolívar Serrano Hidalgo, Patricio García García y Gustavo Adolfo Jiménez. Las entrevistas iniciarían a partir del día siguiente.

      En la tabla 2 quedan consignados los puntajes en la primera y en la segunda etapa (con el resultado de la entrevista a los 9 seleccionados). Lo más interesante es que a partir de la entrevista, el candidato Camacho es desplazado al segundo puesto (pierde un lugar). Por otra parte, ganan puestos Lisbeth Quesada (1 puesto), Lilliana Arrieta (3 puestos), J.J. Echeverría (2 puestos). Por su parte Luis Gmo. Herrera --quien era 6-- pierde una posición y Echandi no logra avanzar desde la posición 6, a pesar de sus constantes apelaciones (véase tabla 2).

      De las...

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