Declara oficial para efectos administrativos la aprobación de la División Territorial Administrativa de la República, de 28 de Mayo de 2015

EmisorPoder Ejecutivo

N° 39286-MGP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

En uso de las facultades que les confieren los incisos 3) y 18) del artículo 140, artículo 146 de la Constitución Política, el artículo 25, inciso 1); 27, inciso 1), 28.2, acápite b), 128 y 134 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 143 del Código Electoral.

Considerando:

  1. -Que es necesario actualizar la División Territorial Administrativa de la República, con fundamento en los movimientos geográficos-políticos efectuados y legalizados hasta la fecha, a objeto de satisfacer las necesidades sobre la materia de los sectores públicos y privados de la nación.

  2. -Que por Ley N° 4366 del 19 de agosto de 1969, se creó la Comisión Nacional de División Territorial Administrativa, cuya función es la de asesorar a los poderes públicos en la materia que nos ocupa.

  3. -Que por Ley N° 8765 del 2 de setiembre del 2009, Código Electoral, señaló la obligatoriedad del Poder Ejecutivo para preparar y publicar la División Territorial de la República, a más tardar doce meses antes de las elecciones nacionales.

  4. -Que mediante sesión ordinaria N° 01-2015, celebrada el día 28 de abril de 2015, por la Comisión Nacional de División Territorial Administrativa (CNDTA), en el Despacho de la Viceministra de Gobernación y Policía, en el artículo IV, Acuerdo N° 05- 2015, se dispuso "La Comisión Nacional de División Territorial Administrativa, conforme al artículo segundo de la ley 6068, acuerda de forma unánime, la aprobación de la actualización de la División Territorial Administrativa de la República 2015. Asimismo realizar la publicación respectiva en el Diario Oficial La Gaceta. Acuerdo firme". Por tanto,

DECRETAN:

Artículo 1°-Se declara oficial, para efectos administrativos, la aprobación de la División Territorial Administrativa de la República, con fundamento en las leyes, decretos, acuerdos tomados por la Comisión Nacional de la División Administrativa y situaciones de hecho.

PROVINCIA DE SAN JOSÉ

CANTÓN 101: SAN JOSÉ

Leyes y decretos de creación y modificaciones:

-Decreto de las Cortes de Cádiz de 16 de octubre de 1813 (título de ciudad a San José).

-Estatuto político de la Provincia Costa Rica,16 de mayo de 1823 (San José adquiere el título de Capital).

-Decreto 167 del 7 de diciembre de 1848 (menciona cantón y distritos parroquiales)

-Decreto Ejecutivo 555 del 10 de junio de 1949 (límites cantonales con Goicoechea y Montes de Oca)

-Ley 1293 de 30 de mayo de 1951 (interpreta la Ley 42 de 27 de julio de 1914, en relación con el límite entre Tibás y el distrito Uruca)

-Decreto 11562-G de 27 de mayo de 1980 (Amplía el perímetro de la Ciudad)

Distritos:

101 01 CARMEN: San José. Ciudad (parte). ALTITUD: 1156 m.

Barrios: Amón, Aranjuez, California (parte), Carmen, Empalme, Escalante, Otoya.

101 02 MERCED: San José. Ciudad (parte). ALTITUD: 1154 m.

Barrios: Bajos de la Unión, Claret, Cocacola, Iglesias Flores, Mantica, México, Paso de la Vaca, Pitahaya.

101 03 HOSPITAL: San José. Ciudad (parte). ALTITUD: 1160 m. Barrios: Almendares, Ángeles, Bolívar, Carit, Colón (parte), Corazón de Jesús, Cristo Rey, Cuba, Dolorosa (parte), Merced, Pacífico (parte), Pinos, Salubridad, San Bosco, San Francisco, Santa Lucía, Silos.

101 04 CATEDRAL: San José. Ciudad (parte): ALTITUD: 1161 m. Barrios: Bellavista, California (parte), Carlos María Jiménez, Dolorosa (parte), Dos Pinos, Francisco Peralta (parte), González Lahmann, González Víquez, Güell, La Cruz, Lomas de Ocloro, Luján, Milflor, Naciones Unidas, Pacífico (parte), San Cayetano (parte), Soledad, Tabacalera, Vasconia.

101 05 ZAPOTE: San José. Ciudad (parte). ALTITUD: 1176 m.

Barrios: Alborada, Calderón Muñoz, Cerrito, Córdoba, Gloria, Jardín, Luisas, Mangos, Montealegre, Moreno Cañas, Quesada Durán, San Dimas, San Gerardo (parte), Trébol, Ujarrás, Vista Hermosa, Yoses Sur, Zapote (centro).

101 06 SAN FRANCISCO DE DOS RÍOS: San José. Ciudad (parte).

ALTITUD: 1168 m.

Barrios: Ahogados (parte), Bosque, Cabañas, Camelias, Coopeguaria, Faro, Fátima, Hispano, I Griega, Lincoln, Lomas de San Francisco, Maalot, Méndez, Pacífica, San Francisco de Dos Ríos (centro), Sauces, Saucitos, Zurquí.

101 07 URUCA: San José. Ciudad (parte). ALTITUD: 1112 m.

Barrios: Alborada, Ánimas, Árboles, Bajos del Torres, Carranza, Corazón de Jesús, Cristal, Carvajal Castro, Jardines de Autopista, La Caja, La Carpio, Magnolia, Marimil, Monserrat, Peregrina, Robledal, Rossiter Carballo, Santander, Saturno, Uruca (centro), Vuelta del Virilla.

101 08 MATA REDONDA: San José. Ciudad (parte). ALTITUD: 1125 m.

Barrios: Américas, Bajo Cañada (parte), Balcón Verde, Colón (parte), Del Pino, Holanda, La Luisa, La Salle, Lomalinda, Morenos, Niza, Rancho Luna, Rohrmoser (parte), Roma, Sabana, Tovar.

101 09 PAVAS: San José. Ciudad (parte). ALTITUD: 1044 m.

Barrios: Alfa, Asturias, Asunción, Bribrí, Favorita Norte, Favorita Sur, Galicia, Geroma, Hispania, Libertad, Lomas del Río, Llanos del Sol, María Reina, Metrópolis, Navarra, Pavas (centro), Pueblo Nuevo, Residencial del Oeste, Rincón Grande, Rohrmoser (parte), Rotonda, San Pedro, Santa Bárbara, Santa Catalina, Santa Fé, Triángulo, Villa Esperanza.

101 10 HATILLO: San José. Ciudad (parte). ALTITUD: 1125 m.

Barrios: Bajo Cañada (parte), Belgrano, Hatillo Centro, Hatillo 1, Hatillo 2, Hatillo 3, Hatillo 4, Hatillo 5, Hatillo 6, Hatillo 7, Hatillo 8, Quince de Setiembre, Sagrada Familia, Tiribí, Topacio, Veinticinco de Julio, Vivienda en Marcha.

101 11 SAN SEBASTIÁN: San José. Ciudad (parte). ALTITUD: 1125 m.

Barrios: Bengala, Bilbao, Cañada del Sur, Carmen, Cascajal, Cerro Azul, Colombari, Domingo Savio, Guacamaya, Jazmín, Hogar Propio, Kennedy, López Mateos, Luna Park, Martínez, Mojados, Mongito, Monte Azúl, Musmanni, Paso Ancho, Presidentes, San Cayetano (parte), San Martín, San Sebastián (centro), Santa Rosa, Seminario, Sorobarú.

Hojas del mapa básico 1:50 000 (IGN): Abra.

Hojas de mapa 1:10 000 (IGN): Cubujuquí, Curridabat, Escazú, María Aguilar, Pavas, Real de Pereira, San Antonio, Torres.

CANTÓN 102: ESCAZÚ

Leyes y decretos de creación y modificaciones:

-Decreto 167 de 07 de diciembre de 1848 (menciona cantón)

-Decreto 10 de 28 de mayo de 1920 (ciudad)

-Decreto Ejecutivo 11562-G de 27 de mayo de 1980 (éste cantón colinda con la ciudad San José al ampliarse el perímetro de esta ciudad).

Distritos:

102 01 ESCAZÚ: Ciudad: ALTITUD: 1101 m.

Barrios: Alto Carrizal, Carrizal (parte), Faroles, Guapinol, Hulera, Itabas, Jaboncillo, Profesores (parte).

102 02 SAN ANTONIO: Villa: ALTITUD: 1245 m.

Barrios: Avellana, Bebedero, Belo Horizonte (parte), Carrizal (parte), Curío, Chirca, Chiverral, Entierrillo, Filtros, Guayabos, Hojablanca, Juan Santana, Lajas, Masilla, Muta, Pedrero, Perú, Profesores (parte), Sabanillas, Salitrillos, Santa Eduvigis, Santa Teresa, Tejarcillos, Torrotillo, Vista de Oro.

102 03 SAN RAFAEL: Villa: ALTITUD: 1042 m.

Barrios: Anonos, Ayala, Bajo Anonos, Bajo Palomas, Belo Horizonte (parte), Betina, Ceiba, Facio Castro, Guachipelín, Herrera, Laureles, León, Loma Real, Matapalo, Maynard, Mirador, Miravalles, Palermo, Palma de Mallorca, Pinar, Primavera, Quesada, Real de Pereira (parte), Santa Marta, Tena, Trejos Montealegre, Vista Alegre.

Hojas del mapa básico 1:50 000 (IGN): Abra.

Hojas de mapa 1:10 000 (IGN): Agres, Escazú, Pavas, Real de Pereira, Salitral, San Antonio.

CANTÓN 103: DESAMPARADOS

Leyes y decretos de creación y modificaciones:

-Decreto 82 de 04 de julio de 1855 (se erige en villa Desamparados)

-Decreto Legislativo 22 de 04 de noviembre de 1862 (el cantón 3º de la provincia San José, se compone de la villa Desamparados, que es la cabecera y los pueblos Curridabat y Aserrí. Ratificado con Decreto Legislativo 20 del 27 de julio de 1867)

-Decreto Legislativo 30 de 07 de agosto de 1868 (se divide en dos el cantón Desamparados, erigiéndose uno nuevo denominado Tarrazú)

-Decreto 11 de 31 de marzo de 1871 (el distrito Curridabat se separa del cantón Desamparados y se agrega al de San José)

-Decreto 3 de 27 de noviembre de 1882 (se erige en cantón el distrito Aserrí)

-Decreto 80 de 23 de julio de 1925 (límite con el cantón Dota)

-Decreto 40 de 20 de julio de 1926 (ciudad)

-Acuerdo 267 de 08 de agosto de 1929(creación y límites del distrito Patarrá, segregado del 2º San Miguel)

-Ley 209 de 21 de agosto de 1929 (límite del cantón Curridabat)

-Decreto 33 de 08 de octubre de1968 (crea el distrito 10)

-Decreto 34 de 11 de octubre de 1968 (crea el distrito 11)

-Decreto 20 de 07 de julio de 1969 (cambia de cabecera el distrito 10)

-Decreto Ejecutivo 21752-G de 23 de noviembre de 1992 (creación y límites del distrito Gravilias).

-Decreto Ejecutivo 21936-G de 13 de enero de 1993 (reforma el decreto de creación del distrito Gravilias).

-Decreto Ejecutivo 24822-G de 27 de noviembre de 1995 (ratifica creación del distrito Gravilias).

-Decreto Ejecutivo 25039-G de 27 de febrero de 1996 (designa cabecera al distrito Gravilias).

-Decreto Ejecutivo 31380-G de 1 de Setiembre del 2003 (creación del distrito Los Guido), publicado en el diario La Gaceta, el 22 de Octubre del 2003.

Distritos:

103 01 DESAMPARADOS: Ciudad: ALTITUD: 1161 m.

Barrios: Altamira, Bellavista, Calle Fallas, Camaquirí, Capilla, Centro de Amigos, Cerámica, Colonia del Sur, Contadores, Cruce, Cucubres, Dorados, Florita, Fortuna, Jardín, Loto, Metrópoli, Monseñor Sanabria, Monteclaro, Palogrande, Pinos, Retoños, Río Jorco, Sabara, San Esteban Rey, San Jerónimo, San José, San Roque, Tauros, Torremolinos, Venecia, Vista Verde.

103 02 SAN MIGUEL: Villa: ALTITUD: 1230 m.

Barrios: Ángeles, Capri, Damas Israelitas, Girasol, Higuito, Lindavista, Lomas de Jorco, Llano, Meseguer, Olivos, Orquídeas, Peñascal, Rinconada, Rodillal, Sabanilla, San Martín, Santa Eduvigis, Valverde.

Poblados: Alto Alumbre, Hoyo, Jericó, Manzano, Pacaya, Roblar, Ticalpes (parte), Calle Naranjos.

103 03 SAN JUAN DE DIOS: Villa: ALTITUD: 1190 m.

Barrios: Calabacitas, Calle Común, Cruz Roja, Itaipú, Máquinas...

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