II. Criterios Contratación Administrativa

Páginas94-95
Revista de Derecho de la Hacienda Pública Vol. XIX. Julio-Diciembre, 2022. ISSN-221-3624
Revista de Derecho de la Hacienda Pública
Contraloría General de la República
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2.1 Competencia de la CGR para autorizar
venta de inmuebles
La CGR puede autorizar la venta de inmuebles de forma
directa, en tanto se agoten las opciones de licitación
pública o remate, o bien, se acrediten las razones de interés
público a partir de las cuales se determine que la omisión
del procedimiento ordinario es lo más beneficioso, de lo
contrario, no podrá aplicarse la excepción.
Oficio n.° 17683-2021 (DCA-4342) del 10 de noviembre de
2021. División de Contratación Administrativa, Contraloría
General de la República.
2.2 Son admisibles los recursos de
apelación que remite la Administración
a la CGR (cambio de criterio)
Anteriormente, la CGR mantenía el criterio de que la parte
recurrente debía interponer los recursos ante la instancia
competente, es decir la instancia que debía resolver la
gestión, esto para tener por bien presentado el recurso. No
obstante, con la presente resolución se cambia esa posición.
En tanto, en adelante cuando el recurrente interponga un
recurso ante la Administración, ésta puede enviarlo al Órgano
Contralor y ser admitido para su trámite y valoración, siempre
y cuando cumpla con todos los requisitos de admisibilidad
que establece el ordenamiento jurídico.
Resolución n.° R-DCA-01293-2021 de las 9:44 horas del 23 de
noviembre de 2021. División de Contratación Administrativa.
Contraloría General de la República.
2.3 Régimen recursivo en materia de
contratación administrativa es taxativo
En el régimen recursivo en materia de contratación
administrativa priva el principio de taxatividad de los recursos,
según el cual son procedentes aquellas acciones recursivas
únicamente contra aquellos supuestos expresamente
establecidos por el ordenamiento jurídico. Así, se tiene que
los actos que se dicten en procedimientos de contratación
administrativa no están sujetos al régimen común de
impugnación de los actos administrativos.
Resolución n.° R-DCA-00081-2022 de las 12:21 horas del 25
de enero de 2022. División de Contratación Administrativa.
Contraloría General de la República.
2.4 Se refrenda contrato del INVU para
la construcción del “Proyecto Bono
Colectivo Parque Corina Rodríguez”
La CGR refrendó un contrato celebrado entre el Instituto
Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU) y una empresa
privada, para construir obra pública, propuesto conforme
a la Ley del Sistema Financiero Nacional y tramitado bajo
la figura de la licitación pública y la Ley de Contratación
Administrativa y su reglamento. Los fondos públicos están
planificados y presupuestados por el Banco Hipotecario
de la Vivienda (Banhvi) encargado de pagar las facturas al
adjudicatario (el Banhvi, por impedimento legal, no realiza
operaciones financieras con terceros). El INVU funge como
entidad autorizada, promovente y representante del Banhvi,
además es quien solicita al Banhvi el desembolso de los
recursos. Analizada la participación del Banhvi, la ejecución
contractual y el origen de fondos públicos, la CGR resolvió el
recurso, considerando el estrato del Banhvi, pues es quien
contiene el recurso económico presupuestado.
Oficio n.° 00488-2022 (DCA-0146) del 12 de enero de 2022.
División de Contratación Administrativa. Contraloría General
de la República.
2.5 Carteles pueden incluir cláusulas de
variación de precios
Es posible incorporar en los pliegos cartelarios disposiciones
relacionadas con los mecanismos que le permitan a la
Administración variar, en la ejecución contractual, los
precios contratados. Lo anterior de conformidad con la sana
inversión de los fondos públicos, para ello es necesario que
se acredite el verdadero costo mediante el correspondiente
documento de importación.
Resolución n.° R-DCA-00215-2022 de las 07:49 horas del 1
de marzo de 2022. División de Contratación Administrativa.
Contraloría General de la República.

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