II. Criterios Contratación Administrativa

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Revista de Derecho de la Hacienda Pública/
Contraloría General de la República
Revista de Derecho de la Hacienda Pública Vol. XII. Enero-Junio, 2019. ISSN-221-3624
II. Criterios Contratación
Administrativa
2.1 No se requiere modicar un contrato
por ajuste en el precio si el pliego
de condiciones establece un rango
mínimo y máximo dentro del cual se
encuentre el nuevo monto
En una contratación cuyo pliego de condiciones
desarrolla un esquema de rangos, que especif‌ica un
monto mínimo y uno máximo, es factible que el monto
contractual se ajuste, sin necesidad de efectuar una
modif‌icación contractual, siempre que dicho ajuste se
encuentre dentro de los límites dispuestos en el rango
def‌inido previamente, en el cartel o el contrato. Lo
anterior, cuando de la lectura del cartel y el contrato se
desprenda con claridad dicha condición y sin perjuicio
del análisis exhaustivo que se debe hacer en cada caso
concreto. Si el ajuste que se pretende realizar va más allá
de los límites mínimos o máximos def‌inidos en el cartel,
sería necesario efectuar la modif‌icación contractual
correspondiente. Cuando el ajuste del monto se
encuentre dentro de los rangos def‌inidos en el cartel
o el contrato la habilitación para el ajuste del monto
del contrato viene dada por lo dispuesto en el cartel o
el propio contrato, de manera tal que para atender el
principio de legalidad, no resulta necesario que el propio
documento contractual contenga una autorización para
proceder con el ajuste. En lo que respecta a la facultad
de modif‌icación unilateral de los contratos, se debe
observar lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley de
Contratación Administrativa y 208 del Reglamento a la
Ley de Contratación Administrativa, y para la aprobación,
a lo regulado en el Reglamento sobre el Refrendo de las
Contrataciones de la Administración Pública.
Of‌icio 15047-2018 (DCA-3697) del 19 de octubre de 2018.
2.2 Imprevistos del proceso de compras
En los procesos de contratación administrativa existen
dos tipos de imprevistos que pueden considerarse
dentro del presupuesto de la compra: los de diseño o
de la administración y los del contratista. Los primeros
no forman parte del precio del contrato, sino que
corresponden a una previsión que la Administración
establece para atender la necesidad de futuras obras
adicionales que surjan durante la ejecución del contrato.
Por su parte, los segundos consisten en un monto que
el concursante considera dentro de su precio para
cubrir cualquier eventualidad que recaiga bajo su
responsabilidad y pueda afectar el proceso constructivo.
Of‌icio 18708-2018 (DCA-4516) del 21 de diciembre del 2018.
2.3 Contratos y concesiones en Áreas
Silvestres Protegidas
A partir de una consulta del Sinac, acerca de la aplicación
del artículo 39 de la Ley de Biodiversidad relacionado
con los procesos de contratos y concesiones de servicios
y actividades no esenciales dentro de las áreas silvestres
protegidas, la CGR aclaró que en tales casos es necesario
acudir a los procedimientos ordinarios o de excepción
que prevé la Ley de Contratación Administrativa.
En ese sentido, también es importante señalar que un
procedimiento de excepción supone el cumplimiento
de los requisitos correspondientes por parte de la
Administración; así como el respeto a los principios de
la contratación administrativa.
Of‌icio 01359-2019 (DCA-0379) del 01 de febrero del 2019.
2.4 Fijación del monto de cláusula penal
en los contratos requiere justicación
técnica.
En los procesos de contratación administrativa, la
Administración no puede f‌ijar el monto de la cláusula
penal de forma arbitraria o antojadiza, sino que debe
tener un respaldo o análisis técnico previo que así
lo justif‌ique. Además, para su aplicación se deben
considerar las necesidades propias de cada objeto
contractual, de modo que no es procedente utilizar
lineamientos generales.
Of‌icio 01875 (DCA-0540) del 11 de febrero de 2019.
2.5 Plazo de vigencia de las ofertas.
La Administración debe f‌ijar en el pliego cartelario
el plazo de vigencia de la oferta. Superado el plazo
de vigencia de la oferta establecido en el cartel, la

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