Precios de transferencia se declararán en el 2017

Los grandes contribuyentes y grandes empresas territoriales, así como las compañías de zona franca, tendrán tiempo hasta el 30 de junio del 2017 para presentar, por primera vez, la declaración informativa de precios de transferencia.

Estos son los que se dan a productos, servicios o propiedades intangibles al venderlos o transferirlos a empresas vinculadas; es decir, que pertenecen a una misma familia sanguínea o al mismo grupo de poder.

Esta primera declaración cubrirá dos periodos fiscales: 2015 y 2016, tanto ordinarios como extraordinarios.

Las firmas que incumplan podrán ser sancionadas hasta con 100 salarios base (unos ¢42 millones), según el artículo 83 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

Priscilla Piedra, directora interina de Tributación, dijo que la vigencia de la declaración podría derivar en un aumento de la recaudación, pero que no es posible estimar en cuánto.

¿De qué se trata? En el 2013, el Ministerio de Hacienda emitió un nuevo reglamento sobre precios de transferencia; esto, con el fin de regular los precios de bienes y servicios pactados entre empresas vinculadas.

Entre los cambios, figura, por ejemplo, que todos los contribuyentes, sin importar tamaño, deberían contar con un estudio de precios de transferencia y se les exigiría a ciertos contribuyentes la realización de una declaración informativa anual.

Para ello, Hacienda debió crear una resolución de carácter general para fijar los puntos de la declaración. Tal resolución se encuentra en consulta pública hasta el 22 de julio próximo.

Detalles. El plazo para entregar esta declaración vencerá el último día hábil del mes de junio de cada año y comprenderá todas las operaciones realizadas en el periodo del impuesto sobre las utilidades que tenga autorizado el...

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