EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Número de registroN° 39384-RREE
Número de Decreto39384-RREE
Fecha de publicación09 Marzo 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Considerando:

I.—Que la Asamblea Legislativa mediante Ley número 9309 del día veinticinco de agosto del dos mil quince, publicada el ocho de octubre del dos mil quince en La Gaceta Digital número ciento noventa y seis, aprobó la adhesión a la Convención para Facilitar el Acceso Internacional a la Justicia, hecha en La Haya, el 25 de octubre de 1980, con la siguiente reserva, a saber:

“Artículo 2.- El Gobierno de la República de Costa Rica, de conformidad con el artículo 28 de la Convención para Facilitar el Acceso Internacional a la Justicia, excluye la aplicación de su artículo 20”.

II.—Que de conformidad con el artículo 32 de la mencionada Convención, el instrumento de adhesión se depositará en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Reino de los Países Bajos.

Por tanto:

En uso de las facultades que les confieren los incisos 10 y 12 del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica.

Decretan:

Artículo 1º—La adhesión de la República de Costa Rica a la Convención para Facilitar el Acceso Internacional a la Justicia, hecha en La Haya, el 25 de octubre de 1980, con la reserva anteriormente mencionada.

Artículo 2º—Rige a partir de esta fecha.

Dado en la Presidencia de la República a los tres días del mes de diciembre del dos mil quince.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O. C. N° 27265.—Solicitud N° 3796.—(D39384-IN2016011059).

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