REFORMA A LA LEY DE TRÁNSITO POR VÍAS PÚBLICAS TERRESTRES Y SEGURIDAD VIAL, LEY N.° 9078 DEL 4 DE OCTUBRE DE 2012, PARA ESTABLECER MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL USO DE MOTOCICLETAS

Fecha de presentación22 Enero 2024
Número de Iniciativa24137
Tipo de proyectoPROCEDIMIENTO PROYECTO DE LEY ORDINARIO
Autor de la iniciativaAlejandro José Pacheco Castro

De conformidad con las disposiciones del artículo 113 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el Departamento Secretaría del Directorio incorpora el presente texto al Sistema de Información Legislativa (SIL).

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PROYECTO DE LEY

REFORMA A LA LEY DE TRÁNSITO POR VÍAS PÚBLICAS TERRESTRES Y

SEGURIDAD VIAL, LEY N.° 9078 DEL 4 DE OCTUBRE DE 2012, PARA

ESTABLECER MEDIDAS DE SEGURIDAD TEMPORALES

EN EL USO DE MOTOCICLETAS

DIPUTADO

ALEJANDRO PACHECO CASTRO

EXPEDIENTE Nº24.137

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS

UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES


PROYECTO DE LEY

REFORMA A LA LEY DE TRÁNSITO POR VÍAS PÚBLICAS TERRESTRES Y

SEGURIDAD VIAL, LEY N.° 9078 DEL 4 DE OCTUBRE DE 2012, PARA

ESTABLECER MEDIDAS DE SEGURIDAD TEMPORALES

EN EL USO DE MOTOCICLETAS

Expediente N°24.137

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Las motocicletas están siendo utilizadas por los delincuentes, como herramientas para la comisión de delitos, aprovechando su capacidad de movilidad rápida que facilita la huida de escenas del crimen. Para evitar los homicidios ejecutados bajo la modalidad del sicariato o asesino a sueldo, se impone la necesidad de limitar su uso, como medida de carácter estrictamente temporal y preventiva, para hacer frente a este tipo de modalidad delictiva.

En el caso colombiano, esta norma fue implementada en el pasado en la época sicarial, justo después del asesinato del Señor Jaime Garzón, que conmocionó a la sociedad colombiana de la época, y dio resultados. En otros países como Perú, Ecuador, Chile, Argentina, Guatemala, Honduras y México, también se han implementado medidas similares o se han puesto en discusión. Ante el sicariato en boga, lamentablemente en Costa Rica, debemos considerar la adopción de una medida semejante que mejorará el control judicial y policial con el que se hace frente al sicariato.

La adopción de estas medidas representa una respuesta estratégica y proactiva ante el aumento de este tipo de actos delictivos. No solo se fortalece la seguridad ciudadana, sino también se garantiza el respeto de los derechos fundamentales de la población, entre ellos el derecho a la vida, la salud y la seguridad de la colectividad social, que se ven amenazados por la actividad delictiva y por lo tanto, corresponde al Estado adoptar medidas efectivas para salvaguardar estos derechos, implementando acciones concretas y eficaces para proteger el bien común, en este caso en concreto, atacando las acciones delictivas con medidas de respuesta rápida y eficiente por parte de las autoridades públicas.

Este proyecto de ley propone prohibir en un horario determinado del día, que los conductores de motociclistas, viajen en motocicletas de dos ruedas con acompañante masculino. La prohibición no aplica cuando los acompañantes son mujeres, niños, personas con discapacidad, o autoridades en el cumplimiento de sus funciones. Lo anterior, en razón de que se trata de afectar lo menos posible, los derechos individuales de los motociclistas.

En los últimos años los crímenes de sicariato perpetrados en Costa Rica por individuos en motocicletas han alcanzado niveles alarmantes.

Se propone medidas temporales para abordar la situación del sicariato en motocicletas, dada la urgente necesidad de garantizar la seguridad ciudadana en el país.

Se pretende que esta prohibición sea una medida de carácter temporal mientras la situación del sicariato se controla de manera efectiva mediante la implementación de estrategias de mayor plazo para abordar las causas fundamentales, y a la vez se fortalece la seguridad en las áreas afectadas, con patrullajes más frecuentes, cámaras de vigilancia y la colaboración entre fuerzas de seguridad.

Mientras las medidas estén vigentes, el Ministerio de Seguridad deberá monitorear la efectividad de estas medidas y evaluar la necesidad de continuar la restricción temporal.

Se pretende abordar de manera efectiva la emergencia de seguridad relacionada con el sicariato en motocicletas. Se espera que estas medidas contribuyan a restaurar la seguridad ciudadana y sean revisadas constantemente para garantizar su eficacia y proporcionalidad, evitando al máximo limitar la libertad de tránsito.

Es fundamental recordar que cualquier medida de seguridad debe ser proporcionada, justificada y debe respetar los derechos fundamentales de todos los ciudadanos, salvo situaciones de...

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