Régimen especial de responsabilidad ambiental de sitios contaminados

AutorMario Peña Chacón
CargoProfesor de Derecho Ambiental de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica y de las Maestrías de Derecho Ambiental y Derecho Público Comparado Franco-latinoamericano del Sistema de Estudios de Posgrados de la Universidad de Costa Rica. Miembro de la Comisión de Derecho Ambiental de la Unión Internacional para la Conservación de la ...
Páginas83-91
83
Revista de Derecho de la Hacienda Pública Vol. XIII.
Julio -Diciembre, 2019. ISSN-221-3624
El contenido de este artículo está bajo una licencia de Creative Commons.
Mario Peña Chacón1
1 Profesor de Derecho Ambiental de la Facultad de Derecho de la Universidad
de Costa Rica y de las Maestrías de Derecho Ambiental y Derecho Público
Comparado Franco-latinoamericano del Sistema de Estudios de Posgrados
de la Universidad de Costa Rica. Miembro de la Comisión de Derecho
Ambiental de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza
(UICN). mariopenachacon@gmail.com
Régimen especial de
responsabilidad ambiental
de sitios contaminados
Sumario:
1. Reglamento sobre Valores Guía en Suelos para
descontaminación de sitios afectados por emergencias
ambientales y derrames.
2. Régimen de Responsabilidad General.
3. Régimen especial de responsabilidad de sitios
contaminados.
3.1 Procedimiento para sitios abandonados.
3.2 Reglas especiales para donaciones y
transferencias de terrenos previamente utilizados
para actividades clasif‌i cadas como categoría
riesgo tipo A por el Reglamento General para
otorgamiento de Permisos de Funcionamiento del
Ministerio de Salud.
3.3 Cambio de Uso de Suelo para actividades que
generen riesgo de contaminación.
3.4 Contaminación en sitios ocupados trazable a
ocupantes anteriores o actividades externas.
4. Referencias.
"El sistema de responsabilidad por daño ambiental
costarricense no permite la existencia de sitios
contaminados huérfanos"
El Reglamento sobre Valores Guía en Suelos para
descontaminación de sitios afectados por emergencias
ambientales y derrames2, estableció una serie de reglas
especiales de responsabilidad por daño ambiental,
así como procedimientos aplicables específ‌i camente a
sitios contaminados, incluyendo aquellos que calif‌i can
como pasivos ambientales.3
2 Decreto Ejecutivo N° 37757-S publicado en el Diario Of‌i cial La Gaceta
número 132 del 10 de julio de 2013, en vigencia a partir del 11 de enero
de 2014.
3 Siguiendo la def‌i nición que da la ley número 14343 "Pasivos Ambientales
de la Provincia de Buenos Aires" es posible def‌i nir pasivo ambiental como
el conjunto de los daños ambientales, en términos de contaminación del

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