Sentencia Nº 115 -2023 de Tribunal de Familia, 17-02-2023

Fecha17 Febrero 2023
Número de expediente13-002510-0338-FA
Número de sentencia115 -2023
EmisorTribunal de Familia (Costa Rica)
Tipo de procesoEjecución De Sentencia
*130025100338FA*
EXPEDIENTE:
13-002510-0338-FA - 3 INTERNO 776-22(2) EV
PROCESO:
Ejecución De Sentencia
EJECUTANTE:
[Nombre 001]
DEMANDADO/A:
[Nombre 002]
VOTO NÚMERO: 115 -2023
TRIBUNAL DE FAMILIA. S.J., a las diez horas treinta y cinco minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintitrés.-
Proceso de ejecución de sentencia establecido por [Nombre 001], [...] contra [Nombre 002] , [...] .
RESULTANDO:
1. La ejecutante con base en los hechos y citas de derecho que invocó en su demanda, solicita que en sentencia se declare: " Que se ejecute la sentencia dictada por este Juzgado de las trece horas y cuarenta y cuatro minutos del trece de febrero del dos mil catorce y solicita se le prevenga al señor [Nombre 002] al pago de los timbres de traspaso del vehículo [Valor 002] y del inmueble del Partido de Cartago matrícula [Valor 006] y si alguno de los dos es de imposible ejecución se le ordene a [Nombre 002] al pago del valor actual del inmueble citado y o en su lugar le entregue a su hija [Nombre 003] un bien con iguales características y valor al inmueble citado, para lo cual el señor [Nombre 002] debe asumir los gastos del avalúo correspondiente y las costas de esta ejecución."
2. El ejecutado fue debidamente notificado de la presente acción la cual contestó en forma negativa.-
3. La L.enciada P.C.G., jueza de Familia de Cartago, por sentencia dictada al ser las quince horas dieciocho minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintidós, resolvió: "POR TANTO: Razones dadas, Código de Familia, se declara CON LUGAR este Proceso de Ejecución de Sentencia, se procede a aplicar el artículo 698 del Código Procesal Civil y al efecto se le confieren diez días hábiles a partir de la firmeza de este fallo al señor [Nombre 002] para que otorgue la escritura respectiva en la que cumpla con su compromiso de traspasar a favor de [Nombre 003] el inmueble del Partido de Cartago matrícula [Valor 006] y también se le confieren diez días hábiles a partir de la firmeza de este fallo al señor [Nombre 002] para que otorgue la escritura respectiva en la que cumpla su compromiso de traspasar a favor de [Nombre 003] el derecho que a él le pertenece en la motocicleta [Valor 002] . De no hacerlo esta juzgadora procederá en nombre del obligado al otorgamiento de dichas escrituras, lo cual...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR