Sentencia de Tribunal de Familia, 18-01-2021
Número de expediente | 16-001107-0187-FA |
Fecha | 18 Enero 2021 |
Tipo de proceso | RECONOCIMIENTO UNIÓN DE HECHO |
EXPEDIENTE:
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16-001107-0187-FA NUMERO: 799-2020 (3) EH
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PROCESO:
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RECONOCIMIENTO UNIÓN DE HECHO
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ACTOR/A:
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[Nombre 001]
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DEMANDADO/A:
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[Nombre 002]
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I.-  En sentencia 2020000542 dictada por el Juzgado Segundo de Familia de S.J., a las doce horas cincuenta y siete minutos del  siete de junio de dos mil veinte, resolvió sin lugar la excepción de caducidad y declaró con lugar la demanda de reconocimiento de unión de hecho,   declaró derechos patrimoniales derivados de la unión como alimentos y gananciales, de tal suerte que ambas partes podrán pedirse alimentos, cuando asàlo demuestren a través del proceso de pensión y en cuanto a los bienes susceptibles de repartición ganancial, se reconoce a cada una de las partes el derecho de participar en el cincuenta por ciento del valor de los bienes del otro. Igualmente, se dispuso que ambas partes tienen el derecho a participar en el cincuenta por ciento del valor neto de los bienes no declarados que pertenezcan al otro y que tengan vocación de gananciales, gestionando el proceso que corresponda e la vÃÂa respectiva respecto de la finca matrÃÂcula [Valor 001] y condena en costas al demandado.
II.-  De ese fallo se conoce en esta instancia, por recurso de apelación formulado por ambas partes.
AGRAVIOS DEL DEMANDADO:  El apelante aduce falta de fundamentación e insiste en que no convivió en forma única y estable en el perÃÂodo indicado.  Ausencia intelectiva de valoración de la prueba.  Ausencia de aplicación de lógica, costumbre y experiencia.  Solicita se declare nula la sentencia, le impide el reclamo de alimentos en cualquier vÃÂa.
AGRAVIOS DE LA ACTORA:  Los agravios de la actora se resumen de la siguiente manera:   Falta de fundamentación, violación al principio de razonabilidad, sana crÃÂtica y legalidad.  Reprocha que la finca Partido de S.J. matrÃÂcula [Valor 001] derechos 003 y 004 y no se analiza o se emite pronunciamiento sobre los pagos de las cuotas de hipoteca, que desde la separación ella los viene haciendo.  Del mismo modo, se muestra inconforme con lo resuelto respecto de la pensión a favor del demandado. Ya que otorga el derecho recÃÂproco. Sostiene que el demandado no tiene derecho a solicita pensión alimentaria porque no guarda dependencia económica con ella y además, eso se presta para que siga ejerciendo violencia doméstica en su contra.  Solicita nulidad de la sentencia recurrida se le declare a ella como única beneficiaria de pensión y que se adicione y  aclare lo de la ganancialidad de los bienes, estableciendo el derecho que tiene la actora para cobrar el porcentaje de los pagos de cuotas hipotecarias realizados por ella una vez...
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