Sentencia de Tribunal de Familia, 18-01-2021
Fecha | 18 Enero 2021 |
Número de expediente | 18-000127-1517-FA |
Emisor | Tribunal de Familia (Costa Rica) |
Tipo de proceso | ABREVIADO DE DIVORCIO |
EXPEDIENTE:
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18-000127-1517-FA - 5 NÚMERO 601-2020-1
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PROCESO:
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ABREVIADO DE DIVORCIO
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ACTOR/A:
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[Nombre 001]
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DEMANDADO/A:
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[Nombre 002]
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VOTO NÚMERO 45-2021
TRIBUNAL DE FAMILIA. S.J., a las catorce horas tres minutos del dieciocho de enero de dos mil veintiuno.-
PROCESO ABREVIADO DE DIVORCIO
de [Nombre 001]
, [...] contra
[Nombre 002],
[...].-
RESULTANDO
1.- La parte actora solicita que en sentencia se declare: con fundamento en los argumentos de hecho y de derecho
expresados en su lÃÂbelo de demanda, por las causales de adulterio y sevicia, solicita se declare, en sentencia con
lugar en todos sus extremos este proceso sin especial condenatoria en costas; se declare disuelto el vinculo
matrimonial; se ordene la cancelación del usufructo a favor del demandado y se ordene que la finca del Partido de
Alajuela, Número [Valor 001] quede a su nombre sin derecho alguno para el demandado; que los vehÃÂculos placas
[Valor 002], placa [Valor 003] y [Valor 004] sigan perteneciendo al demandado sin derecho alguno a su favor; Que
se mantenga la pensión alimentaria a su favor que cancela el demandado y que se tramita bajo
el expediente
17-000007-0324-PA en el Juzgado Contravencional y de menor CuantÃÂa; Que en caso de oposición se le condene al
demandado al pago de las costas personales y procesales.-
2.- Debidamente notificado el demandado, contestó la demanda en los términos del escrito fechado 03 de
setiembre de 2018. Solicitó se declare con lugar el divorcio, en cuanto a los bienes gananciales que se distribuyan
el cincuenta por ciento para cada uno.-
3.- D.R.G., Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, por
sentencia de las diez horas y seis minutos del tres de junio de dos mil veinte, resolvió: "
POR TANTO: De conformidad
con lo expuesto, normas legales citadas, artÃÂculos 1, 2, 4, 5, 99, 153, 155, 221, 317, 330, 368, 370, 420 siguientes y
concordantes del Código Procesal Civil, numerales 1, 2, 8, 48 inciso 1, 4 y 60 del Código de Familia, fallo:
A) Se
DECLARA SIN LUGAR este proceso por la causal de ADULTERIO. B) Se ACOGE este proceso por la causal de
Sevicia. En consecuencia, por lo que se dirá, lo procedente es declarar
PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda
de establecida por [Nombre 001] contra [Nombre 002], entendiéndose rechazada en lo expresamente no señalado y
resolviéndose lo siguiente: A....
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