El valor normativo de los Instrumentos Internacionales en materia de Derechos Humanos en el Sistema de Justicia Constitucional Costarricense:el caso particular de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

AutorVíctor Orozco Solano
CargoDoctor en Derecho Constitucional por la Universidad de Castilla, La Mancha
Páginas16-38
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I Edición, Agosto 2014.
El valor normativo de los Instrumentos Internacionales
en materia de Derechos Humanos en el Sistema de
Justicia Constitucional Costarricense:
El caso particular de la jurisprudencia de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos.
Víctor Orozco Solano*
Resumen
El presente artículo desarrolla el valor normativo de los Instrumentos Internacionales en materia de Derechos Humanos
en el Sistema de Justicia Constitucional Costarricense. También se emiten algunos comentarios acerca del carácter vincu-
lante o no que tiene la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, según la Sala Constitucional de
Costa Rica.
Abstract
This paper develops the normative value of International Instruments on Human Rights in Costa Rican Constitutional
Justice System. Some comments about the binding nature are emitted or not having the jurisprudence of the Inter-
American Court of Human Rights, according to the Constitutional Chamber of Costa Rica.
* Doctor en Derecho Constitucional por la Universidad de Castilla-La Mancha. Letrado de la Sala Constitucional de la
Corte Suprema de Justicia de la República de Costa Rica. Correo electrónico: victorozcocr@gmail.com
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I Edición, Agosto 2014.
I.- Introducción.
En términos generales, el propósito de estas no-
tas es comentar la manera en que los instrumen-
tos internacionales sobre derechos humanos son
vinculantes en el Sistema de Justicia Constitu-
cional costarricense, es decir, si están dotados de
fuerza normativa y si forman parte de lo que la
doctrina ha denominado el bloque de constitu-
cionalidad o el Derecho de la Constitución. Con
ese propósito inicialmente se comentarán algu-
nas decisiones de Salas Constitucionales, Tribu-
nales o Cortes Supremas latinoamericanas que
refuerzan el carácter normativo de estos instru-
mentos, por lo menos con un rango superior a la
ley o del mismo nivel que las normas constitu-
cionales. En este sentido, sin duda son relevantes
las decisiones de las Cortes argentina, dominica-
na, colombiana, peruana, salvadoreña y bolivia-
na, cuyos alcances serán comentados en esta
exposición.
De igual modo, serán analizadas algunas deci-
siones de la Sala Constitucional de la Corte Su-
prema de Justicia de Costa Rica sobre el tema, la
cual salvo en el caso de la sentencia No. 2012-
5590 de 2 de mayo, dictada en la acción de in-
constitucionalidad promovida por Yashin Castri-
llo Fernández, contra el artículo 10 del Regla-
mento de Salud de la Caja Costarricense de Se-
guro Social, ha sostenido una línea jurispruden-
cial tendente a reconocer el valor supra-
constitucional de los Instrumentos Internaciona-
les sobre Derechos Humanos, a tal grado que si
proclaman un derecho o brindan mayor protec-
ción de una determinada libertad que el texto de
la Norma Fundamental, priman por sobre éste.
Se trata, como se verá más adelante, de una in-
terpretación efectuada por la Sala Constitucional
con arreglo al artículo 48 de la Constitución Polí-
tica. Por el contrario, en el sistema de justicia
constitucional español se ha negado el valor
normativo autónomo a estos instrumentos, sino
que apenas gozan de un valor interpretativo de
los derechos y libertadas proclamados por la
Constitución, en los términos del artículo 10.2 de
la Constitución Española.
Finalmente, realizaremos algunos comentarios
sobre el carácter vinculante de la jurisprudencia
de la Corte Interamericana de Derechos Huma-
nos en el Sistema de Justicia Constitucional cos-
tarricense, sobre todo en aquellos casos en que la
República de Costa Rica no es parte. Este punto
fue discutido en la sentencia No. 2012-5590 de 2
de mayo, en la cual el Magistrado Castillo
Víquez en su voto particular ha mostrado reser-
vas acerca del particular. Ya veremos, sin em-
bargo, y como se expuso en el voto salvado de
los Magistrados Armijo Sancho, Jinesta Lobo y
Cruz Castro, que forma parte de una línea juris-
prudencial de larga data la necesidad de conce-
der carácter vinculante a todas las decisiones de

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