Decreto Ejecutivo Nº 44051-H, Reglamento a la Ley General de Aduanas

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones y facultades conferidas en los artículos 140 incisos 3), 8), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política; 25 inciso 1), 27 inciso 1), 28 inciso 2. acápite b) y 103 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 de fecha 02 de mayo de 1978; Ley General de Aduanas Nº 7557 de fecha 20 de octubre de 1995, sus reformas y modificaciones.

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Ley Nº 8881 del 04 de noviembre de 2010, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 236 del 06 de diciembre de 2010, la República de Costa Rica aprobó la Modificación al Código Aduanero Uniforme Centroamericano y su Protocolo de Enmienda, adoptados por el Consejo de Ministros de Integración Económica Centroamericana mediante las Resoluciones números 223-2008 (COMIECO-XL)X) del 25 de abril de 2008 y 248-2009 (COMIECO-EX) del 19 de junio de 2009, respectivamente.

  2. Que mediante Decreto Nº 42876 del 28 de enero de 2021, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 49, Alcance Nº 51 del 11 de marzo de 2021, se aprueba la Resolución Nº 224-2008 (COM1ECO-XL1X) del 25 de abril de 2008 y su Anexo: Reglamento al Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA IV), Resolución Nº 306-2013 (COMIECO-EX) del 15 de mayo de 2013 y Resolución Nº 368-2015 del 22 octubre de 2015.

  3. Que mediante Ley Nº 10271 de fecha 22 de junio de 2022, publicada en el Alcance Nº 132 a La Gaceta Nº 121 del 29 de junio de 2022, se reformó la Ley General de Aduanas, Ley Nº 7557 del 20 de octubre de 1995 y sus reformas.

  4. Que conforme al Transitorio XII de la Ley Nº 10271 de fecha 22 de junio de 2022, publicada en el Alcance Nº 132 a La Gaceta Nº 121 del 29 de junio de 2022, el Poder Ejecutivo debe reglamentar la reforma citada.

  5. Que el anteproyecto del presente Decreto, fue divulgado para consulta pública en el Alcance Nº 231 a la Gaceta Nº 206 del 28 de octubre de 2022, cuyo nombre del proyecto fue corregido mediante fe de erratas publicado en la Gaceta Nº 209 del 2 de noviembre del 2022, de conformidad con lo establecido en el artículo 174 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, lo que enriqueció su contenido.

  6. Que el plazo de 10 días hábiles otorgado en consulta pública, fue ampliado hasta el día viernes 18 de noviembre de 2022, según solicitud efectuada por la Comisión Normativa y Mejora Continua del Consejo Nacional de Facilitación del Comercio, sesión extraordinaria 005-2022.

  7. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 12 bis- del Decreto Ejecutivo Nº 37045- MP-MEIC, de fecha 22 de febrero de 2012, denominado Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos y sus reformas, esta regulación cumple con los principios de mejora regulatoria, de acuerdo al informe DMR-DAR-INF-043-2023 emitido por la Dirección de Mejora Regulatoria del Ministerio de Economía, Industria y Comercio. Por tanto,

Decretan:

REGLAMENTO A LA LEY GENERAL DE ADUANAS

TÍTULO I Disposiciones generales Artículos 1 y 2
CAPÍTULO ÚNICO Disposiciones generales Artículos 1 y 2
ARTÍCULO 1 Objeto

El presente Reglamento establece las disposiciones para la aplicación del Código Aduanero Uniforme Centroamericano IV, aprobado mediante Ley Nº 8881 de 04 de noviembre del 2010, del Reglamento al Código Aduanero Uniforme Centroamericano IV, aprobado mediante Decreto Ejecutivo Nº 42876-COMEX-H- de 28 de enero de 2021, y la Ley General de Aduanas, Ley Nº 7557 de 20 de...

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