Resolución. MUNICIPALIDAD DE SAN

Fecha de publicación29 Marzo 2023
Número de registroIN2023733027
EmisorMUNICIPALIDADES

El Concejo Municipal de San Carlos en su Sesión Ordinaria celebrada el lunes 13 de febrero del 2023, en el Salón de Sesiones de la Municipalidad de San Carlos, Artículo Nº XI, Acuerdo N° 26, Acta Nº 09, ACORDÓ: Con base en el oficio MSC-AM-0072-2023 emitido por la Alcaldía Municipal, referente a Solicitud de aprobación del Borrador Proyecto Reglamento de Comercio al Aire Libre, se determina:

Aprobar el Proyecto Reglamento de Comercio al Aire Libre, tal y como se detalla a continuación:

PROYECTO DE REGLAMENTO DE COMERCIO

AL AIRE LIBRE CANTÓN DE SAN CARLOS

MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS

CAPÍTULO I

Objetivo y alcance

Artículo 1ºObjeto. Este reglamento tiene como objeto tutelar las actividades lucrativas que se derivan de la Ley de Comercio al Aire Libre, Ley N° 10.126 y normas conexas, para autorizar a las personas licenciatarias el desarrollo temporal de la actividad comercial en los espacios públicos, tales como aceras, parques, plazas, vía pública, calles u otros lugares públicos, adyacentes a los respectivos establecimientos comerciales, con la intención de promover y ampliar el comercio, el aprovechamiento del espacio público, la seguridad ciudadana y generar mayor actividad económica, en un marco de respeto del derecho al libre tránsito, la accesibilidad, el mantenimiento y la protección de los espacios públicos.

Artículo 2ºAlcance. El presente reglamento tiene como alcance el ámbito territorial bajo tutela de la Municipalidad de San Carlos. Las disposiciones de este reglamento son aplicables a las personas licenciatarias de actividades comerciales en el cantón de San Carlos que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley de Comercio al Aire Libre, Ley N° 10.126, leyes conexas y de este reglamento.

CAPÍTULO II

Conceptos / Definiciones[1]

Acera: área de la vía pública terrestre destinada al uso por parte de los peatones, para garantizar su movilidad, seguridad y conectividad entre las diferentes partes de un territorio determinado. En dicho espacio se dará prioridad a la circulación de peatones y la instalación de servicios, pero se permitirá.

Accesibilidad: son las medidas adoptadas por las instituciones públicas y privadas para asegurar que las personas con discapacidad tengan acceso, en igualdad de condiciones con los demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público. Estas medidas incluyen también la identificación y eliminación de dichas barreras.

Accesibilidad al entorno físico: la accesibilidad al entorno físico o ambiente de vida, para que puedan utilizarlo todas las personas, independientemente de sus características, habilidades, destrezas y actitudes, e implica que cada persona pueda llegar, ingresar y utilizar dicho especio, en un contexto de seguridad, comodidad y autonomía. Contempla el diseño, la ejecución, y el control de obras urbanas de edificios y ambientes, en donde los servicios que se ofrecen en dichos espacios, están relacionados con la participación de las personas en todos los ámbitos de la sociedad (educación, trabajo, salud, recreación, entre otros).

Alineamiento: distancia o límite físico mínimo para el emplazamiento de una edificación respecto a vías públicas, vías fluviales, arroyos, manantiales, lagos, lagunas, esteros, nacientes, zona marítimo terrestre, vías férreas, líneas eléctricas de alta tensión, zonas especiales; es emitido por la entidad competente.

Autorización de Comercio al Aire Libre: autorización para la utilización de espacios públicos tales como aceras, parques, plazas, vía pública, calles u otros lugares públicos, por parte de la persona licenciataria de actividades de comercialización de comidas y bebidas. siempre y cuando se hayan cumplido con todas sus obligaciones correspondientes de la Ley de Comercio al Aire Libre, Ley N° 10.126 y de este reglamento.

Calle pública: camino que se rige por lo dispuesto en la Ley 5060, Ley General de Caminos Públicos, de 22 de agosto de 1972.

Construcción de aceras: consiste en la realización de trabajos generales en las vías peatonales, de acuerdo con lo que establezca y recomiende la Municipalidad (cordón de caño, subbase, capa superior de las aceras y rampas).

Espacio público: conjunto de los espacios de flujos (personas, comunicaciones y bienes) de dominio público. Se construye tanto de manera física por medio de la integración y conectividad de sus partes, como de forma simbólica por las interacciones sociales que se producen en él. Por su naturaleza, es el lugar donde se expresa lo colectivo, reflejando la diversidad de población y el tipo de funcionamiento de una sociedad. Por tanto, es de dominio público, donde se reconoce el derecho a circular libremente, a la accesibilidad del espacio público y a tener una ciudad habitable: el derecho a la ciudad.

Impuesto de Patente: obligación tributaria que debe cumplir toda persona física o jurídica que ejerce actividades lucrativas previa aprobación de la licencia municipal correspondiente.

Licencia de actividad comercial: acto administrativo mediante el cual la municipalidad autoriza a las personas físicas o jurídicas la operación y funcionamientos para el ejercicio de cualquier tipo de actividad económica con fines lucrativos y no lucrativos, la cual se obtendrá mediante el cumplimiento de los requisitos establecidos tanto en la Ley N° 10126 Ley De Comercio al Aire Libre como en el reglamento.

Mejoramiento: es el conjunto de mejoras o modificaciones de los estándares horizontales o verticales de los caminos, relacionados con el ancho, el alineamiento, la curvatura o la pendiente longitudinal, a fin de incrementar la capacidad de la vía, la velocidad de circulación y aumentar la seguridad de los vehículos. También se incluyen dentro de esta categoría, la ampliación de la calzada, el cambio del tipo de superficie de tierra a material granular expuesto o de este a pavimento bituminoso o de concreto hidráulico entre otros, y la construcción de estructuras tales como alcantarillas mayores, puentes, intersecciones, espaldones, aceras, ciclovías, cunetas, cordón y caño.

Movilidad activa: uso de cualquier medio de transporte no motorizado para desplazarse de un lugar a otro, adicionales a la movilidad peatonal, tales como patinetas, bicicletas, sillas de ruedas, patines, entre otros.

Movilidad: modos de desplazamiento de personas y bienes, producidos en un ámbito o territorio y referido a una duración determinada, número total de desplazamientos o viajes, medio de transporte o modos de realizarlo, tipos de vehículos utilizados e intensidades medias diarios de tránsito, en lugares concretos.

Obras de aéreas en derechos de vía: tendido de líneas de energía eléctrica, alumbrado y telecomunicaciones en derechos de vía, que incluye sus soportes y anclajes tales como torres, postes, tirantes, puntales o similares.

Obstáculo en vía peatonal: todo aquel elemento que interfiera con la movilidad fluida y continua.

Paso peatonal: espacio acondicionado, a nivel o desnivel de la vía pública, con demarcación o señalización horizontal y vertical, que tiene como finalidad facilitar y asegurar la circulación peatonal y la de los demás modos de transporte activos para cruzar de forma segura una calle.

Persona Peatón: persona que se moviliza a pie. Dentro de esta categoría se incluyen a las personas con discapacidad o movilidad reducida, sea que utilizan sillas de ruedas u otros dispositivos que no permiten alcanzar velocidades mayores a10 km/h para su movilidad.

Persona propietaria: La persona física o jurídica que ejerce el dominio sobre bienes inmuebles o predios en virtud de título habilitante inscrito en el registro nacional y no escrito.

Permiso de uso precario: es un permiso de uso del dominio público, regulado en el artículo 154 de la Ley General de la Administración Pública, siendo un acto administrativo unilateral, caracterizado por su precariedad el uso compartido con otros medios de transporte, siempre y cuando su diseño sea compatible con el uso prioritario.

Plan de Movilidad Activa Sostenible: es un plan estratégico diseñado para atender las necesidades de movilidad de las personas, de los negocios en las ciudades, y su entorno para una mejor calidad de vida. Este se construye sobre las prácticas de planificación existentes y debe tener en cuenta los principios de integración, participación y evaluación.

Plan Vial Quinquenal de Conservación y Desarrollo: herramienta que contiene la planificación sobre la gestión vial, a cinco años plazo, que deben elaborar las corporaciones municipales de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley N° 9329.

Predio: terreno, propiedad, lote, finca o fundo, inscrito o no en el Registro Público.

Prioridad peatonal: se refiere a jerarquización en el uso de las vías públicas y en la planificación de la movilidad, en concordancia con la promoción de modos más sostenibles y seguros.

Rampa: plano inclinado dispuesto para subir y bajar por él, en distintos niveles.

Rehabilitación: reparación selectiva y refuerzo del pavimento o de la calzada, previa demolición parcial de la estructura existente, con el objeto de restablecer su capacidad estructural y la calidad de ruedo originales. Considera también la construcción o reconstrucción de aceras, ciclovías u otras necesarias para la seguridad vial y peatonal y los sistemas de drenaje. Antes de cualquier rehabilitación en la superficie de ruedo, deberá verificarse que los sistemas de drenaje funcionen bien.

En el caso de los puentes y alcantarillas mayores, la rehabilitación comprende las reparaciones mayores tales como el cambio de elementos o componentes estructurales principales, el cambio de la losa del piso, la reparación mayor de los bastiones, delantales u otros. En el caso de muros de contención se refiere a la reparación o cambio de las secciones dañadas o a su reforzamiento, posterior al análisis de estabilidad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR