Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia
Descripción:
- Actas de Corte Plena del Poder Judicial, administrada por la Secretaría General de la Corte.
- Actas de Consejo Superior del Poder Judicial, administrada por la Secretaría General de la Corte.
- Circulares, Notas Circulares y Avisos emitidos por la Secretaría General de la Corte.
Tribunal
Tipo de Decisión
- Acta (20483)
- Circular (4175)
- Aviso (223)
- Nota Circular (10)
Últimos documentos
- Sentencia, 05-11-2024
“Las Reglas Prácticas del Juzgado Agrario Modelo de Costa Rica”. A TODOS LOS DESPACHOS AGRARIOS DEL PAÍS SE LES HACE SABER QUE: El Consejo Superior, en sesión N° 75-2024 celebrada el 22 de agosto del 2024, artículo LIII, a solicitud del Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional, dispuso aprobar las “Pautas de gestión de escritos estandarizados.” para la materia agraria. Exposición de motivos y ámbito de aplicación: De conformidad con “Las Reglas Prácticas del Juzgado Agrario Modelo de Costa Rica”, apartado VII, la persona técnica judicial es la encargada de verificar en el expediente virtual todos los escritos recibidos y en los casos en que corresponda, confeccionar un proyecto de resolución que enviará a la persona juzgadora respectiva para estudio y firma. La persona técnica judicial, deberá clasificar y adjuntar cualquier documento o escrito que ingrese a las oficinas judiciales, -independientemente del medio por el que se reciba-, de conformidad con lo dispuesto en el catálogo del Escritorio Virtual o el Sistema Integrado de Apoyo a la Gestión de Procesos Judiciales (SIAGPJ). Lo anterior, a fin de generar las alertas respectivas y evitar que se agreguen en forma incorrecta al expediente, alterando los estudios de cargas de trabajo y la distribución de la cuota diaria de las personas técnicas judiciales, puesto que, únicamente los escritos son considerados dentro de esa carga de trabajo, no así los documentos asociados. Deberá la persona coordinadora judicial supervisar el cumplimiento de este lineamiento. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial. San José, 5 de noviembre de 2024 Lic. Carlos T. Mora Rodríguez
- Sentencia, 01-11-2024
Modificación de la circular No. 103-2024 sobre la suspensión de todas las sustituciones por de incapacidad superior a un mes en el programa 926.” - A TODOS LOS DESPACHOS Y PERSONAS SERVIDORAS JUDICIALES DEL PAÍS SE LES HACE SABER QUE: El Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión número 97-2024 celebrada el 31 de octubre de 2024, artículo LXVI, y a solicitud de la Dirección de Gestión Humana, mediante oficio N° PJ-DGH-0701-2024 del 28 de octubre 2024, dispuso hacer de conocimiento de los despachos y personas servidoras judiciales que laboran bajo el programa 926 Servicio de Dirección, Administración y otros órganos de apoyo, la ampliación del periodo de sustitución para los casos las personas que vienen incapacitadas de manera continua, y únicamente se podrá sustituir las incapacidades nuevas que superen los 30 días, con el fin de que se pueda cumplir con las obligaciones dinerarias correspondientes al programa, dentro del presupuesto asignado para el presente período -0- Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.” San José, 01 de noviembre de 2024. Lic. Carlos Toscano Mora Rodríguez
- Sentencia, 31-10-2024
Coordinación en la Aplicación del Artículo 151 de la Ley de Tránsito. A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES QUE TRAMITAN ASUNTOS EN MATERIA DE TRÁNSITO Y FISCALÍAS DEL MINISTERIO PÚBLICO,SE LES HACE SABER QUE: El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N°96-2024 celebrada el 29 de octubre del 2024, artículo LXII, a solicitud de la Comisión Interinstitucional de Tránsito, dispuso autorizar la publicación de la Circular, sobre la aplicación del artículo 151 de la Ley de Tránsito relacionado con el retiro de placas, conforme al siguiente detalle: - Sobre el Retiro de Placas: Recordar que, bajo la Ley N° 9078, el retiro de placas por un hecho de tránsito de conocimiento de la sede judicial no es una medida aplicable en accidentes de tránsito, en el sentido que no pueden ser puestas a la orden de las Autoridades Judiciales en Materia de Tránsito o del Ministerio Público, salvo que este último en lo que le compete lo ordene ante el conocimiento de un delito. Mejorar la coordinación y los procedimientos entre las autoridades judiciales y administrativas. La Ley N° 9078 introdujo cambios significativos en el procedimiento de accidentes de tránsito, incluyendo la eliminación del retiro de placas como medida sancionatoria en colisiones, solo procede por sanciones administrativas. Sin embargo, pueden existir casos en los que los oficiales de tránsito ante estas circunstancias retiran las placas y las ponen a la orden de los juzgados de tránsito o del Ministerio Público, sin que este lo haya ordenado. En estos casos específicos, para proceder con la devolución de las placas, se requiere: Oficio por escrito dirigido al Consejo de Seguridad Vial (COSEVI), donde se ponen las placas a su orden para que ellos determinen si procede o no la devolución según la normativa vigente. Firma del despacho Judicial: El oficio debe ser suscrito por la Jefatura del despacho judicial que conoce de la causa. Remisión del oficio al correo: multasyaccidentescsv.go.cr con copia a afonsecarcsv.go.cr Es fundamental mantener una comunicación fluida y efectiva entre las autoridades judiciales y administrativas para asegurar una aplicación eficiente y justa de las sanciones administrativas en materia de tránsito. Se insta a los juzgados que conocen la materia de tránsito y a las Fiscalías del país a: - Agilizar la emisión de oficios donde se ordena poner las placas a la orden de COSEVI para que ellos determinen si procede o no la devolución facilitando la gestión de los casos pendientes. - Aunque el retiro de placas en accidentes de tránsito ya no es aplicable bajo la nueva legislación, es importante abordar los casos si se presentan de manera eficiente y coordinada. La colaboración entre las autoridades judiciales y administrativas es clave para garantizar una aplicación efectiva de las sanciones administrativas y mantener un sistema de tránsito ordenado y seguro. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial. San José, 31 de octubre de 2024 Lic. Carlos T. Mora Rodríguez
- Sentencia, 30-10-2024
Lista de abogadas y abogados suspendidos en el ejercicio de su profesión, actualizada al 10 de octubre de 2024. — A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
- Circular Nº 224 de secretaría general de la corte, 29-10-2024
Guía de Implementación del Programa de Bienestar. A TODA LA POBLACIÓN JUDICIAL SE LES HACE SABER QUE: El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N° 95-2024 celebrada el 24 de octubre de 2024, artículo LXXX, acordó aprobar la Guía de Implementación del Programa de Bienestar, como parte de la Política Integral de Bienestar y Salud Laboral. Esta guía se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://gestionhumana.poder-judicial.go.cr/index.php/gestion-humana/politicabienestar Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial. San José, 29 de octubre de 2024. Lic. Carlos T. Mora Rodríguez
- Circular Nº 223 de secretaría general de la corte, 29-10-2024
Adición a la circular No. 81-2002 denominada: Reglas Prácticas para reducir la Revictimización de las Personas Menores de edad en los procesos penales. - A TODAS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAIS, QUE CONOCEN MATERIA PENAL SE LES HACE SABER QUE: El Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión número 94-2024 celebrada el 22 de octubre de 2024, artículo L, dispuso bajo la recomendación de la Comisión de la Jurisdicción Penal, hacer de conocimiento de los despachos que conocen la materia penal del país, la obligatoriedad de incluir los datos completos de las personas menores de edad que deberán someterse a la pericia en el formulario F83i de los despachos requirentes ante del Departamento de Ciencias Forenses; en razón de que la omisión del nombre completo de la persona, puede implicar aun mayor revictimización al deber citarla al laboratorio y genera una dificultad para los procesos, particularmente en áreas como la de Genética Forense. Puede acceder a la circular No. 81-2002 para consulta mediante el siguiente link: https://nexuspj.poder-judicial.go.cr/document/avi-1-0003-1089 -0- Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.” San José, 29 de octubre de 2024. Lic. Carlos Toscano Mora Rodríguez
- Circular Nº 213 de secretaría general de la corte, 28-10-2024
Cambios administrativos y operativos que se deberán implementar al entrar en vigencia el nuevo Código Procesal de Familia, fórmulas e instructivos A TODOS LOS JUZGADOS QUE CONOCEN MATERIAS DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, VIOLENCIA DOMÉSTICA PROTECCIÓN CAUTELAR Y PENSIONES ALIMENTARIAS DEL PAÍS SE LES HACE SABER QUE: El Consejo Superior en sesión N° 87-24 celebrada el 26 de setiembre de 2024, artículo LXXVI, aprobó los cambios administrativos y operativos que se deberán implementar con la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal de Familia, los cuales se encuentran en el siguiente enlace: https://secretariacorte.poder-judicial.go.cr/index.php/informacion-general/documentos-interes?download=53543:cambios-administrativos-y-operativos Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial. San José, 28 de octubre de 2024 Lic. Carlos Toscano Mora Rodríguez
- Circular Nº 222 de secretaría general de la corte, 24-10-2024
Listado de servicios del Departamento de Ciencias Forenses para garantizar la certeza de las pericias y fiabilidad de resultado. A TODOS LOS DESPACHOS CIVILES DEL PAÍS Y PERSONAS USUARIAS. SE LES HACE SABER QUE: El Consejo Superior, en sesión N° 80-2024 celebrada el 05 de setiembre del 2024, artículo XXXVIII a solicitud del Departamento de Ciencias Forenses del Organismo de Investigación Judicial, hace de conocimiento de público en general el Listado de servicios del Departamento de Ciencias Forenses para garantizar la certeza de las pericias y fiabilidad de resultado: LISTADO DE SERVICIOS QUE OFRECE EL DEPARTAMENTO DE CIENCIAS FORENSES Listado de servicios que ofrece la Sección Documentos Dudosos. Unidad Servicio Observación o aplicación del servicio. Unidad de Documentos Análisis de Documentos Análisis de las características de los documentos cuestionados (alteraciones, sistemas de impresión, sistemas de seguridad, sellos, agregados impresos y análisis de soporte. Se ofrece el servicio de Levantamiento de muestrarios de impresiones y de sellos (Muestrarios de impresiones y sellos, según el requerimiento técnico que se requiera para realizar la pericia en base al documento cuestionado. Se recomienda que este sea tomado en la Sección). Análisis de Alteraciones Análisis de alteraciones presentes en los documentos tales como: deterioro, injertos, recortes, lavado químico, raspados y agregados. Análisis de Sistemas de Seguridad Análisis de sistemas de seguridad presentes en los documentos, visibles con luz blanca, por transparencia, mediante magnificación, con luz ultravioleta, con luz infrarroja, con características magnéticas e información de seguridad. Análisis de Sistemas de Reproducción Análisis donde se requiera establecer el sistema de impresión, tales como: Calcografía, Huecograbado, Intaglio, Flexografía, Serigrafía, Litografía, Tipografía, Embozado, Estampado, Mecanográficas, Impresiones electrónicas (fotocopiadoras, inyección de tinta, láser, matriz de puntos, offset digital, termo sublimación), entre otros y análisis óptico de tintas. Análisis de Sellos Análisis de marcas de sellos de hule y de sello blanco. Agregados impresos Análisis de números, signos y letras agregados mediante una impresión en el documento cuestionado, así como la asociación con el equipo impresor remitido o con el elemento de comparación. Unidad de Escritura Análisis de Manuscritos Análisis grafoscópicos comparativos. Se ofrece el servicio de Levantamiento de muestrarios de escritura (Toma de muestrarios de firmas o escritura, según el requerimiento técnico que se requiera para realizar la pericia en base al manuscrito cuestionado. Se recomienda que este sea tomado en la Sección). Análisis de Calcos Análisis donde se requiera establecer la presencia de un calco ya sean calcos directos (transparencia, proyección, pantógrafo) o indirectos (punzón, papel carbón, grafito). Revelado de escritura indentada Consiste en detectar surcos invisibles de escritura en documentos, los cuales quedan revelados mediante la aplicación de un tóner sensible a cargas electrostáticas. Listado de servicios que ofrece la Sección Biología Forense. Unidad Servicio Observación o aplicación del servicio. Unidad Centralizada de Inspección de Indicios. Búsqueda y levantamiento de evidencia traza (elementos pilosos, fibras, restos zoológicos, ADN de contacto (células epiteliales), así como la identificación presuntiva o confirmatoria de fluidos biológicos (Semen, sangre y saliva) Busca establecer relación entre las partes involucradas (personas ofendidas y sospechosas) o entre estas y el sitio del suceso, el objetivo primario es encontrar muestras que contengan perfiles genéticos humanos u otro tipo de indicio biológico que permita comparar materiales cuestionados con patrones.
- Circular Nº 221 de secretaría general de la corte, 24-10-2024
Cambios en competencia del Juzgado de Trabajo de Santa Cruz y Juzgado Contravencional de Carrillo en materia de Trabajo. A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS, COLEGIO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA, ABOGADOS, ABOGADAS Y PÚBLICO EN GENERAL SE LES HACE SABER QUE: La Corte Plena en sesión N° 45-2024, celebrada el 14 de octubre del 2024, artículo XXVIII, aprobó la modificación de la competencia territorial del Juzgado de Trabajo de Santa Cruz y del Juzgado Contravencional de Carrillo (en materia de Trabajo). Oficina Nueva Competencia propuesta a partir de la publicación de este acuerdo de Corte Plena en el Boletín Judicial Competencia material Competencia territorial Juzgado de Trabajo de Santa Cruz Asuntos laborales independientemente de la cuantía, conflictos colectivos de carácter jurídico. Abarca los cantones de Santa Cruz y Carrillo Conflictos colectivos de carácter
- Circular Nº 215 de secretaría general de la corte, 23-10-2024
Se hace de conocimiento el proyecto de “Ley del Régimen Disciplinario del Poder Judicial”. A LOS DESPACHOS JUDICIALES Y POBLACIÓN JUDICIAL
Documentos destacados
- Circular nº 016 de Corte Plena del Poder Judicial, 4 de Noviembre de 1987
A TODAS LAS AUTORIDADES JUDICIALES....
- Circular nº 014 de Corte Plena del Poder Judicial, 5 de Junio de 1990
Practica de...
- Circular nº 005 de Corte Plena del Poder Judicial, 24 de Enero de 1991
- Circular nº 017-Bis de Corte Plena del Poder Judicial, 22 de Abril de 1991
Prohibición de fumar en las Oficinas Judiciales....
- Circular nº 035 de Corte Plena del Poder Judicial, 7 de Octubre de 1991
Defensas Públicas que debe atender la Procuraduría General de la República...
- Circular nº 021 de Corte Plena del Poder Judicial, 1 de Junio de 1992
Estado: Sin EfectoSe reitera a los Notarios Públicos la obligación de presentar en la Secretaría de la Corte, el comprobante de pago de la póliza de fidelidad que garantiza el ejercicio de esas funciones....
- Circular nº 012 de Corte Plena del Poder Judicial, 7 de Junio de 1993
Recomendaciones que se deben tomar en cuenta cuando remitan al Archivo Criminal del Organismo de Investigación Judicial órdenes de presentación o captura y remisión....
- Circular nº 011 de Consejo Superior del Poder Judicial, 8 de Abril de 1994
Traslado del Registro Nacional de Buques, al Registro Público de la Propiedad...
- Circular nº 040 de Consejo Superior del Poder Judicial, 16 de Agosto de 1994
Organismos encargados de la tramitación de asuntos relacionados con órdenes de apremio corporal, órdenes de presentación, notificaciones, citaciones, órdenes de desalojo y otros....
- Circular nº 005 de Consejo Superior del Poder Judicial, 20 de Enero de 1995
Responsabilidad de los Jefes de las Oficinas judiciales por no enviar a su debido tiempo las proposiciones de nombramientos del personal...